Resolución N 903/GCABA/MAYEPGC/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición19 de Julio de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESOLUCIÓN N 903/GCABA/MAYEPGC/10SE DESESTIMA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 119-SSMEP/10

Buenos Aires, 19 de julio de 2010

RESOLUCIÓN N.° 903/MAYEPGC/10.

Buenos Aires, 19 de julio de 2010

VISTO:

el Expediente N° 511.022/10, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto tramita el recurso jerárquico interpuesto por la señora Silvia Master, impugnando los términos de la Resolución N° 119-SSMEP/10;

Que como antecedentes del caso podemos mencionar que, en su oportunidad, la señora Silvia Master solicitó un resarcimiento por las lesiones que habría sufrido al caer en la vía pública en la calle Guemes al 3.500 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en su momento la Administración manifestó que a efectos de poder tomar una decisión adecuada, habría que haber contado con elementos probatorios eficaces, obtenidos de manera absolutamente imparcial, algo que resulta prácticamente imposible en la práctica administrativa, ya que únicamente se evalúan medidas probatorias arrimadas por el propio interesado;

Que en base a los elementos obrantes en autos, se dictó el acto administrativo recurrido, mediante el cual se rechazó la petición efectuada mediante la Resolución N° 119-SSMEP/10;

Que una vez notificado el acto administrativo precitado, la interesada interpuso recurso jerárquico en los términos del artículo 108 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, en tiempo y forma;

Que en su presentación recursiva, la agraviada manifiesta que "(…) oportunamente he agregado a las presentes actuaciones las pruebas que hacen a la demostración de la ocurrencia del siniestro del que resulté dañada (…)";

Que, tal como lo expone el doctrinario Agustín Gordillo, conviene precisar que la Administración carece de una organización adecuada para la justipreciación de la prueba que supone evaluar los daños y perjuicios producidos extracontractualmente y por ello no puede realmente asumir en forma fácil la tramitación y resolución en tiempo oportuno de estas cuestiones; la dilucidación del asunto directamente en sede judicial es más conveniente tanto a la Administración como al particular;

Que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR