Resolución N 571/GCABA/AGIP/10
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Administración Gubernamental de Ingresos Públicos |
Fecha de la disposición | 30 de Septiembre de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESOLUCIÓN N 571/GCABA/AGIP/10SE APLICA MULTA A LA FIRMA AKTIO SA
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2010
RESOLUCIÓN N.° 571/AGIP/09.
Buenos Aires, 30 de septiembre de 2010
VISTO:
ley 2095, su Decreto Reglamentario n° 754-GCBA-08, las Resoluciones N° 664-AGIP-2009 y la C.I. N° 159.306-AGIP-2008 y;
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada Carpeta Interna N° 159.306-AGIP-2008 tramitó la Licitación Pública N° 710/09 para la Provisión e Instalación de Hardware (Servidores) y Software (Licencias) destinados a ésta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que en virtud de la adjudicación recaída en la Resolución N° 664-AGIP-2009, se ha emitido la Orden de Compra N° 44.309/2009 a favor de la firma AKTIO S.A., por un importe de Pesos Dos mil trescientos setenta y cinco ($2.375.-) correspondiente al renglón N° 2; siendo ésta recepcionada el día 18/11/2009 con un plazo de entrega de quince (15) días, el que operara el día 10/12/2009;
Que conforme obra en el Parte de Recepción Definitiva 68.440/AGIP/2010 el proveedor ha cumplimentado la entrega el día 22 de febrero de 2010 sin haber solicitado prórroga alguna, tal como informa la Subdirección General de Sistemas;
Que por lo expuesto precedentemente procede aplicar las penalidades que a tal fin establecen la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 754-GCBA-08;
Que la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA-08 establecen en su artículo N° 126 la aplicación de multas por incumplimientos en el incumplimiento del plazo contractual;
Que el Departamento Compras y Contrataciones ha informado el monto de la multa a aplicar, la que asciende al día 22 de febrero de 2010 a un importe de Pesos Ciento sesenta y seis con veinticinco centavos ($166,25), correspondiente a siete períodos de siete días, con aplicación del uno por ciento (1%) para cada uno de ellos, conforme los plazos y porcentajes que en el Anexo I de la presente se detallan;
Que sin perjuicio de la multa detallada en el párrafo precedente, corresponde aplicar la correspondiente a la rehabilitación, por un importe de pesos...
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