Resolución N 273/GCABA/PG/10

FirmantesMonner Sans
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Procuración General de la Ciudad
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD

RESOLUCIÓN N 273/GCABA/PG/10 MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 65-PG-09 - DELEGACIÓN DE FACULTADES - FACULTA AL TITULAR DE LA AGECIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - JAVIER I. IBÁÑEZ - A SOLICITAR ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL QUE CORRESPONDA - ORDEN DE ALLANAMIENTO CON LA FINALIDAD DE EJERCER SUS COMPETENCIAS PROPIAS Y LA EJECUCIÓN COACTIVA DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE DICTE EN EL MARCO DE SUS FUNCIONES ESPECÍFICAS

Buenos Aires, 13 de septiembre de 2010

VISTO:

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 1218 (BOCBA N° 1850), el Decreto 118/GCBA/2010, las Resoluciones N° 166/PG/2008, N° 30/PG/2009, N° 60/PG/2009, el Decreto N° 655-GCBA-2010, la Nota 976472-AGC-2010, la Resolución N° 65-PG-2009 y su modificatoria N° 69-PG-2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estipula que “la Procuración General de la Ciudad dictamina sobre la legalidad de los actos administrativos, ejerce la defensa de su patrimonio y su patrocinio letrado. Representa a la Ciudad en todo proceso en que se controviertan sus derechos o intereses“;

Que el artículo 1° de la Ley N° 1218, al fijar la competencia de la Procuración General, determina que ésta ejerce la representación y patrocinio de la Ciudad en todo proceso en que se controviertan sus derechos e intereses, defiende su patrimonio, dictamina sobre la legalidad de los actos administrativos e instruye sumarios. Su competencia abarca la administración pública centralizada, desconcentrada, y descentralizada dentro de la órbita del Poder Ejecutivo, las sociedades del Estado y las sociedades en las que la Ciudad tiene participación mayoritaria;

Que la Agencia Gubernamental de Control es la encargada de ejecutar y aplicar las políticas de su competencia entendiendo en materia de seguridad, salubridad, higiene alimentaria y habilitaciones de los establecimientos públicos y privados como así también, está facultada para autorizar y fiscalizar las obras públicas y privadas comprendidas en el Código de Edificación;

Que a esos fines, en las condiciones reglamentadas por el Señor Jefe de Gobierno en el marco de las atribuciones conferidas por el artículo 104, inc. 11), de la Constitución de la...

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