Resolución N 438/GCABA/SSPLAN/10
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Planeamiento |
Fecha de la disposición | 22 de Septiembre de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
RESOLUCIÓN N 438/GCABA/SSPLAN/10SE AUTORIZA EL REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN PARA LA FINCA SITA EN ARANGUREN 167/69
Buenos Aires, 22 de septiembre de 2010
RESOLUCIÓN N.° 438/SSPLAN/10.
Buenos Aires, 22 de septiembre de 2010
VISTO:
El Expediente N° 16857/2005 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Aranguren N° 167/69, y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Hostal de salud mental, comunidad terapéutica;
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 429,51 m2 de los cuales 410,01m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Gabinete, Oficina, Archivo, Estar comedor, Paso, Escalera, Aula, Galería, Baños y Dormitorios; PA: Dormitorios, Paso, Baños y Depósito), en tanto que 19,50m2 en forma no reglamentaria (PB: Dormitorio, Sector Galería y Sector Dormitorio), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (fojas 71) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas 1 y 3 a 8); con destino "Hostal de salud mental, comunidad terapéutica";
Que obra a fojas 12/13 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 9;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", del Código de la Edificación, y el Art. 4.2.3 "Línea de Frente Interno" del Código de Planeamiento Urbano;
Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887.
Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs.72 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional...
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