Resolución N° 221/AVJG/19

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N221/AVJG/19
Buenos Aires, 17 de diciembre de 2019
VISTO: La Ley N° 2.809 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017), su Decreto
Reglamentario N° 127-GCABA/14, las Resoluciones Nros. 601-MHGC/14 y 4093-
MHGC/16; las Disposiciones Nros. 9-UCCUPEJOL/17, 35-UCCUPEJOL/17 y 68-
UCCUPEJOL/17, los Expedientes Electrónicos Nros. 19713043/MGEYA-UPEJOL/17 y
02480722-MGEYA-DGTALMEF/19, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico N° 02480722-MGEYA-DGTALMEF/19 citado
en el Visto tramitan la solicitud de la Primera (1°) Redeterminación Definitiva de
Precios, de fecha 9 de enero de 2019 de la firma LAVADERO ANCA S.A. (C.U.I.T: 30-
59557151-7), en el marco de la contratación tramitada mediante la Licitación Pública
N° 9982-1280-LPU17;
Que como antecedente del caso es dable destacar que el objeto de la citada Licitación
Pública, tramitada por el Expediente Electrónico N° 19713043/MGEYA-UPEJOL/17,
tuvo por objeto la contratación de un "Servicio de Lavadero Industrial con destino a la
Villa Olímpica de la Juventud de los Juegos Olímpicos Buenos Aires 2018";
Que mediante la Disposición N° 9-UCCUPEJOL/17 se aprobaron los Pliegos de Bases
y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y sus anexos, y se llamó a
la citada Licitación Pública, por un monto estimado de PESOS SIETE MILLONES
SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON
73/100 CENTAVOS ($ 7.689.581,73.-), fijándose fecha de apertura de ofertas para el
día 27 de septiembre de 2017 a las 11:00 horas;
Que a su vez, mediante la Disposición N° 35-UCCUPEJOL/17 se rectificó el
considerando 3° y el Artículo 1° de la Disposición N° 9-UCCUPEJOL/17 modificando el
monto de la licitación por PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS
VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS CON 41/100 ($ 8.424.226,41.-);
Que culminando el proceso licitatorio, mediante la Disposición N° 68-UCCUPEJOL/17
se adjudicó el único renglón que integra el objeto de la presente Licitación Pública a la
firma LAVADERO ANCA S.A. (C.U.I.T: 30-59557151-7) por un monto tal de PESOS
SEIS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS
VEINTISIETE CON 60/100 ($ 6.494.827,60.-);
Que así las cosas, en fecha 18 de octubre de 2017 se perfeccionó la correspondiente
Orden de Compra N° 9982-13455-OC17;
Que cabe destacar, asimismo, que en un todo de acuerdo con lo establecido en el
artículo 8 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, se otorgó a la firma
cocontratante un anticipo financiero equivalente al 10% del monto adjudicado, el que
fuera efectivizado en fecha 9 de mayo de 2018, por lo que, en virtud del aludido
artículo, en el marco de la primera solicitud de redeterminación definitiva de precios,
no corresponde la aplicación del régimen en cuestión sobre dicho monto;
Que tal como informara el Titular de la Unidad de Proyectos Especiales de los Juegos
Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, a través de su Informe N° 20516252-
GCABA-UPEJOL/19, la prestación contractual finalizó en fecha 1 de noviembre de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5766 - 20/12/2019

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