Resolución N 275/GCABA/APRA/10
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 3 de Septiembre de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
RESOLUCIÓN N 275/GCABA/APRA/10SE OTORGA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL A LA OBRA CRUCE BAJO NIVEL DE VÍAS DEL EX FERROCARRIL GENERAL BARTOLOMÉ MITRE RAMAL TIGRE EN CALLE IBERÁ
Buenos Aires, 03 de septiembre de 2010
RESOLUCIÓN N.° 275/APRA/10.
Buenos Aires, 3 de septiembre de 2010
VISTO:
El Expediente N° 71.190/10, por el que tramita la Declaración de Impacto Ambiental de la obra "Cruce bajo nivel de vías del ex Ferrocarril General Bartolomé Mitre Ramal Tigre en cal e Iberá", sito en la cal e Iberá intersección traza ex Ferrocarril Mitre Ramal Tigre, Distrito de zonificación: UF, con una superficie de 2.500 m2, cuyo titulares la empresa Autopistas Urbanas S.A. y;
CONSIDERANDO:
Que, en el Decreto N° 1.352-GCBA-02 la actividad referenciada encuadra en el inciso k) del Artículo 13° de la Ley 123, por el cual se presume Con Relevante Efecto Ambiental a: "Las obras relevantes de infraestructura que desarrol en entes públicos o privados que presten servicios públicos";
Que, el proyecto propone la construcción de un paso bajo nivel de vías en la cal e Iberá, vinculando las cal es Grecia y O¨Higgins, en el barrio de Núñez, para la circulación de tránsito liviano, utilitarios y ambulancias (en ambos sentidos) y acondicionamiento del paso peatonal, donde hoy existen un paso vehicular y peatonal a nivel;
Que, la obra se desarrol ará bajo la zona de vías incluida en la parcela FMT1, de la manzana 48Z, Sección 27, Circunscripción 27 de la Ciudad, y en el tramo de la cal e Iberá comprendido entre las cal es Grecia y O´ Higgins;
Que, el total de la superficie afectará a 47 parcelas frentistas a la cal e Iberá de las siguientes manzanas: 38, 39, 49 y 50, todas de la misma sección y circunscripción.
Que, comprende las siguientes construcciones: un puente ferroviario de dos vías, viaducto vehicular bajo las vías de gálibo 2.80 m, paso peatonal bajo nivel con rampas de accesibilidad, reconstrucción y acondicionamiento de aceras e isletas separadoras, renovación del arbolado urbano, sistema de bombeo de aguas pluviales, señalización horizontal y vertical iluminación del cruce vehicular y peatonal, entre otras obras accesorias.
Que, la etapa constructiva del cruce constará de las siguientes fases: a) Limpieza del terreno y preparación del área de obra; b) Construcción y Operación de Obradores; c) Desarrol o de tareas en el sitio; d) Montaje de elementos premoldeados; e) Desarmado del Obrador; f) Limpieza final; estimando la duración de la misma en aproximadamente siete (7) meses;
Que, respecto del obrador se prevé su instalación en sectores adyacentes a la obra generando la mínima interferencia con la circulación vehicular, peatonal e incluso ferroviaria;
Que, otras medidas a adoptar con relación al obrador son:: a) permanencia en el sector de la maquinaria mínima necesaria y su retiro al finalizar la jornada laboral para no interferir la circulación general en las vías adyacentes a la obra; b) minimización de espacios de obra y el desarrol o de la menor cantidad de actividades en el entorno de los trabajos y...
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