Resolución Nº 22/GCABA/MAYEPGC/16
Firmantes | Macchiavelli |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 14 de Enero de 2016 |
VISTO:
Las Leyes N°5.460 y N°4.977 y el Decreto N° 363/15, el Expediente N° 01098866-
2013-MGEYA-MGEYA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 5.460 se establecieron los Ministerios y sus respectivas
competencias, en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en su artículo 2 menciona los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de
los asuntos del Gobierno de la Ciudad, incluido el Ministerio de Ambiente y Espacio
Público;
Qué asimismo, el Decreto N° 363/15,incluye dentro de la estructura del mencionado
Ministerio la Dirección General de Cementerios siendo sus responsabilidades
primarias "...Dirigir los servicios de las Necrópolis de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y el crematorio de Buenos Aires"," ...ejercer la fiscalización ,control y sanción en
todo lo referido a las políticas mortuorias" y "reparación de los edificios, equipamiento
e instalaciones de los Cementerios dependientes del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires "entre otras;
Que por la actuación citada en el Visto tramita la solicitud de renovación de concesión
de terreno para bóveda formado por los Lotes 16 y 17, Tablón 14, Manzana 3, Sección
09 del Cementerio de la Chacharita, cuyo vencimiento operó el día 20 de octubre
2012, efectuada por el sr. Armando Jorge Sormani y en su carácter de apoderado de
la co-titular Doña Martha Lelia Sormani o Sormani y Sánchez;
Que la Dirección General Cementerios informó sobre la titularidad correspondiente y
estimó pertinente el otorgamiento de la renovación en cuestión, dejando constancia
que la liquidación de los derechos de la concesión de que se trata, se efectuará con
posterioridad al dictado del presente acto;
Que al respecto cabe indicar que según el texto ordenado del Código Fiscal vigente al
vencimiento de la concesión, "La Ley Tarifaria fija anualmente los precios para las
renovaciones y demás casos que a continuación se enumeran: 1. Renovación por el
término de veinte (20) años, al vencimiento de la concesión de terrenos para bóvedas
o panteones o ampliación de actuales concesiones en los cementerios. El titular tiene
opción a nuevos plazos de igual extensión, sucesivos e ininterrumpidos...";
Que corresponde la aplicación del artículo 72 de la Ley N° 4977 atento que resultó
justificado por la peticionante el interés legítimo, directo y...
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