Resolución N° 22/AGC/20

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición14 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N22/AGC/20
Buenos Aires, 9 de enero de 2020
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 471
y 2.624 (textos consolidados por la Ley N° 6.017), el Decreto N° 3.360/1968 y sus
modificatorios, las Resoluciones Nros. 240-AGC/16, 248-AGC/16, 1303-SSGRH/19, el
Expediente Electrónico Nº 2016-12332211-MGEYA-AGC, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución N° 240-AGC/16, se ordenó la instrucción del sumario
administrativo, a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades en
relación al presunto hecho trascendido, respecto del agente C.A.I, relativo a que el
nombrado habría incrementado injustificadamente su patrimonio de ciento veintiocho
mil pesos a ocho millones de pesos, en plazo de cuatro (4) años;
Que por otra parte el entonces Director Ejecutivo de la Agencia Gubernamental de
Control, Matías Álvarez Dorrego, ordenó en el artículo 1 de la Resolución Nº 248-
AGC/16, de fecha 13 de mayo de 2016, "...el pase a situación de disponibilidad del
agente C.A.I, D.N.I. Nº 17.580.073 y su transferencia al Registro de Agentes en
Disponibilidad «RAD», de conformidad con lo previsto por el artículo 3, inciso d) del
Decreto Nº 2182/03";
Que en suma a lo anterior, mediante la Resolución Nº 1303-SSGRH/19 de fecha 22 de
julio de 2019, se ordenó la transferencia del agente C.A.I a la Dirección General de
Fiscalización y Control de la Agencia Gubernamental de Control;
Que la gravedad de los aludidos trascendidos imponía la necesidad de llevar adelante
una investigación exhaustiva a efectos de determinar, o bien descartar en forma
fehaciente, si el presunto hecho, constituía una falta en el ejercicio de sus funciones
como agente de la Agencia Gubernamental de Control, sin perjuicio de las eventuales
responsabilidades en materia civil y/o penal en las que podía encuadrar el hecho, de
verificarse el mismo;
Que abierta la etapa instructoria del sumario administrativo, fue oficiada la
Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos, mediante la Nota identificada con el
Nº 12.657.456-DGSUM-2016, de fecha 11 de mayo de 2016, con el objeto de que
remitiese la copia de los Formularios 572 de la Administración Federal de Ingresos
Públicos, que hubiera presentado el agente C.A.I, quien prestara funciones a cargo de
la Gerencia Operativa de Eventos Masivos, dependiente de la Dirección General de
Fiscalización y Control de la Agencia Gubernamental de Control durante el período
comprendido entre los años 2012 y 2015;
Que a causa de lo precedentemente referido, se llamó a indagatoria al agente C.A.I,
F.C. Nº 446.179, D.N.I. Nº 17.580.073, CUIL Nº 20-17580073-6, ello de conformidad
con la Resolución Nº 240-AGC/16;
Que al momento de ser indagado, éste señaló en lo concerniente a la primera
imputación consistente: "En su carácter de Gerente Operativo a cargo de la Gerencia
Operativa de Eventos Masivos, no haber presentado en tiempo y forma la Declaración
Jurada Patrimonial Integral Pública, correspondiente al período 2014, incumpliendo
con el artículo 15 y concordantes de la Ley Nº 4.895", que el artículo 6, inciso h, de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5779 - 14/01/2020

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR