Resolución N° 22 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor25 de Marzo de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición10 de Febrero de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 62
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 25 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
ña informe técnico, junto a sus similares titulados “Adecuación Provisoria –
Obra Faltante a Ejecutar - Noviembre/2021” y “Resumen Medición Mensual
Nº 004-0 correspondiente al Período Oct-2021”, de los cuales surge que
los cálculos practicados se hallan en consonancia con lo dispuesto por el
Decreto Nº 800/2016, y que a la fecha del segundo salto el porcentaje físico
ejecutado de la obra era del 2,52% y que la variación al mes de noviem-
bre/2021 alcanzó un 11,10% lo que representa económicamente un in-
cremento de $ 47.740.258,71 (ajuste de redondeo POP de 0,01 centavos).
En consecuencia, el nuevo costo del presupuesto total de la obra asciende
a la suma de $ 528.766.101,14.
Que del citado informe técnico, surge que el cálculo de la adecuación
provisoria que se tramita en las presentes actuaciones se ha efectuado
“conforme a lo indicado en el art. Nº 2 del Decreto Nº 1082/18, habiendo
vericado la repartición que los trabajos ejecutados en el mes analizado de
la adecuación se encuentran por arriba de lo previsto de acuerdo al último
plan de trabajo e inversiones aprobado”. Asimismo, en el archivo titulado
“Resumen Medición Mensual Nº 004-0 correspondiente al Periodo Oct-
2021” se indica que “Los desvíos en el plan de trabajos fueron lineamiento
de la comitente: Si”, dándose cumplimiento a lo exigido por el artículo 13
(segundo párrafo) del Decreto Nº 800/2016.
Que asimismo, consta en autos Planilla de Índices, de Coecientes y
de Monto de Obra faltante de ejecutar.
Que se ha incorporado en autos Formulario de Aceptación de Adecuación
Provisoria de Precios Nº 2, suscripto por el señor Presidente del Consorcio Ca-
minero Único con fecha 30 de diciembre de 2021, por la que acepta la Adecua-
ción Provisoria de Precios Nº 2 por las variaciones de costos vericadas en el
mes de noviembre de 2021, habiendo renunciado la contratista a todo reclamo,
conforme lo estipulado por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado el Documento Contable - Nota de Pedido N°
2022/000063 que certica la reserva presupuestaria para atender la ero-
gación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 13/2022 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de confor midad a
las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados
los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N° 800/2016, mo-
dicado por Decreto N° 30/2018 y disposiciones de la Resolución Ministe-
rial Nº 223/2016, atento a que se ha ver icado una variación en los precios
ponderados de los factores de costos del contrato superior al diez por cien-
to (10%) respecto a los valores contractuales vigentes, puede procederse a
la aprobación del nuevo monto del contrato de la obra, debiendo oportuna-
mente suscribir la adenda de contrato correspondiente, habida cuenta que
existe una modicación del precio contractual que produce consecuencias
jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Minister io con el
N° 13/2022 y en uso de sus atribuciones
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Adecuación Provisoria de Precios Nº 2
por variaciones de costos producidas en el mes de noviembre de 2021,
de los trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “MEJORAMIENTO DE
CAMINOS RURALES – RUTA PROVINCIAL E-52 – TRAMO: POZO DEL
MOLLE – LOS UCLES (RUTA PROVINCIAL N° 3) – DEPARTAMENTOS:
GENERAL SAN MARTÍN, RÍO SEGUNDO Y UNIÓN”, por la suma total de
Pesos Cuarenta y Siete Millones Setecientos Cuarenta Mil Doscientos
Cincuenta y Ocho con Setenta y Un Centavos ($ 47.740.258,71),
conforme el Formulario de Aceptación de Adecuación Provisoria de
Precios suscripto con fecha 30 de diciembre del 2021, por el Consorcio Ca-
minero Único, representado por su Presidente, señor Agustín PIZZICHINI,
contratista de la obra, que como Anexo I compuesto de dos (2) fojas, se
acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de
Pesos Cuarenta y Siete Millones Setecientos Cuarenta Mil Doscientos Cin-
cuenta y Ocho con Setenta y Un Centavos ($ 47.740.258,71), conforme
lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio, en su
Documento de Contabilidad – Nota de Pedido Nº 2022/000063, con cargo
a: Jurisdicción 1.50, Programa 511-000, Partida 12.06.00.00, Obras – Eje-
cución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Unidad Ejecutora a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 22
Córdoba, 10 de febrero de 2022
Expediente Nº 0045-023531/2021.-
VISTO: este expediente por el cual la Dirección de Vialidad propicia por Re-
solución Nº 00106/2022 la Contratación Directa con el Consorcio Caminero
Regional Nº 09, para la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO CAMINOS
DE TIERRA – REGIÓN 09 – DEPARTAMENTO: SAN JUSTO - AÑO 2022”,
por la suma de $ 102.987.098,00.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la pre-
sente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Espe-
cicaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad,
Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones,
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Nómina de ubicaciones de
caminos y croquis correspondiente, descripción de los Ítems del Contrato y
Presupuesto Ocial; todo debidamente suscripto por funcionarios compe-
tentes de la Dirección de Vialidad y aprobado mediante el artículo 1º de la
Resolución Nº 00106/2022 de su Director.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que “…El ob-
jeto de la presente Obra propende a RESTAURAR LAS REDES VIALES
PRIMARIAS, SECUNDARIAS Y TERCIARIAS SIN PAVIMENTAR…”, “…lo
que produce una mejora en la transitabilidad y seguridad y permite además

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