Resolución N 120/GCABA/SSTRANS/10

FirmantesDietrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Transporte
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

RESOLUCIÓN N 120/GCABA/SSTRANS/10SE INVIERTE SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN EN UN TRAMO DE JOSÉ ANTONIO CABRERA

Buenos Aires, 27 de agosto de 2010

VISTO

la nota N° 826.957-DGTRANSI-2010, y

CONSIDERANDO:

Que, por el actuado consignado en el visto, la Dirección General de Tránsito, hace referencia a los estudios realizados en el Barrio de Palermo con motivo de la posible peatonalización de un sector próximo a la Plaza Cortázar y en lo cuales ha observado, entre otras cosas, que en materia de circulación podría concretarse la inversión del sentido único de la calle José Antonio Cabrera, entre Av. Raúl Scalabrini Ortiz y Godoy Cruz;

Que, resulta atendible establecer para dicha arteria el sentido único de circulación de sureste a noroeste, con el objeto de favorecer en ese barrio los movimientos de los rodados al aplicarse el sector peatonal aludido, haciéndose notar que por dicho tramo de calle no tiene fijado su recorrido ninguna línea de transporte y que ello no disminuirá la seguridad vial en ese sector, tanto de la circulación de vehículos como en la de peatones;

Que, por otra parte, es de hacer notar que ese tramo de la calle José Antonio Cabrera es netamente barrial, por lo cual el estacionamiento se encuentra permitido junto a la acera izquierda, circunstancia que aconseja mantenerlo, por tratarse de una calle de la Red Terciaria, de más de ocho (8) metros de ancho, como lo exige el artículo 7.1.16 del Código de Tránsito y Transporte.

Por ello, conforme las facultades otorgadas por los artículos 1.2.2 y 7.1.16 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el carácterasignado al suscripto por el Decreto 498-GCBA-2008,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°

Inviértese con carácter transitorio y experimental, por el término de 90 días corridos, a partir de la fecha de su implementación, el sentido único de circulación -y modifícase en el texto ordenado del Decreto Ordenanza N° 10.407/1947 (B .M. 8174)- al siguiente tramo de calle en la forma que se indica:

JOSÉ ANTONIO CABRERA, de Avenida Raúl Scalabrini Ortiz a Godoy Cruz, de SE a NO.

Artículo 2°

Permítase a partir de su implementación, el...

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