Resolución Nº 219/GCABA/AGIP/17
Firmantes | Ballotta |
Emisor | ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS |
VISTO:
Las Leyes N° 2.603 y N° 2.095 (Textos consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos
N° 745/GCABA/08 y N° 95/GCABA/14 y sus modificatorios Decreto Nos
114/GCABA/16 y 411/GCABA/16 y el Expediente Electrónico N° 6.432.357/MGEYA-
DGESYC/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación en el Visto, tramita la locación administrativa del inmueble
sito en la calle Av. San Juan 1369/71/73, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15,
destino a oficinas administrativas y técnicas para la Dirección General de Estadística y
Censos dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, por
el término de treinta y seis (36) meses a partir del 01 de mayo de 2017 y hasta el 30
de abril de 2020;
Que habiendo sido consultada la Dirección General de Administración de Bienes y
Concesiones dependiente del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología,
respecto de la existencia de un inmueble de la propiedad de este Gobierno, adecuado
a tal fin, la misma informa que no se han detectado inmuebles potenciales para ser
destinados al uso de dependencias administrativas;
Que el edificio en cuestión es locado desde el año 2013, por resultar el mismo
conveniente y apto, teniendo en cuenta que se encuentra ubicado enfrente de la sede
central de esa Dirección General, lo cual facilita enormemente su funcionamiento;
Que corresponde destacar que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
resulta de aplicación la Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley N° 5.666)
reglamentada por el Decreto N° 95/GCABA/14;
Que la contratación directa es la que la administración pública realiza con determinada
persona física o jurídica, que ella ha seleccionado discrecionalmente y con la cual
procurará llegar a un acuerdo conveniente, sobre las bases de la contratación a
realizarse;
Que la contratación directa que se propicia para la Locación Administrativa del
Inmueble en cuestión, se encuadra entre las excepciones a la licitación pública
contempladas en el Artículo 28 de la Ley de Compras y Contrataciones de esta Ciudad
que establece: "La contratación es directa cuando se selecciona directamente al
proveedor, debiendo encontrarse dicha medida debidamente fundada y ponderada por
la autoridad...
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