Resolución N 327/GCABA/SSPLAN/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 327/GCABA/SSPLAN/10SE AUTORIZA EL REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN ROBERTO J. PAYRÓ 1976/78/80

Buenos Aires, 09 de agosto de 2010

RESOLUCIÓN N.° 327/SSPLAN/10.

Buenos Aires, 9 de agosto de 2010

VISTO:

El Expediente N° 1131244/2009 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Roberto J. Payró N° 1976/78/80, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Unifamiliar;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 92,31m2 los cuales fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria (PB: Alero, Quincho y Baño; PA: Dormitorios, Ante Cámara, Baño, Paso, Aleros y Escalera), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (fojas 9) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas 26 a 27 y 30 a 32); con destino "Vivienda Unifamiliar";

Que obra a fojas 12/13 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la Ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 14;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", y el Art. 4.6.3.4 "Escaleras principales sus características" ambos del Código de la Edificación y el Art. 4.2.3 "Línea de Frente Interno" del Código de Planeamiento Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887.

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs.38 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada...

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