Resolución Nº 111/10

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

Resolución Nº 111/10.

La Plata, 21 de abril de 2010.

VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley Nº 11.769 (T.O. Decreto Provincial N° 1868/04), su Decreto Reglamentario N° 2479/04, la Resolución OCEBA N° 088/98, lo actuado en el Expediente N° 2429-7753/2010, y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto, tramita la presentación efectuada ante este Organismo de Control, por la Federación Económica de la Provincia de Buenos Aires (F.E.B.A), en representación del Centro de Comercio, Propiedad e Industria de Tres Algarrobos, denunciando un corte de suministro de larga duración en el distrito de Tres Algarrobos, el día 20 de enero de 2010 que ocasionó graves pérdidas económicas a comerciantes y productores de la zona, por el deterioro de mercadería como consecuencia del corte de la cadena de frío (f. 1); Que aclaró que la energía es provista a la ciudad, a través de la Cooperativa Eléctrica de Tres Algarrobos (C.E.T.A.L), quien la toma de la Distribuidora EDEN S.A., que es la transportadora;

Que expresó que la alimentación a la Cooperativa, se concreta por la línea que va desde General Villegas a dicha localidad y solicita a este Organismo de Control su intervención, para dar solución a los inconvenientes surgidos como consecuencia del corte;

Que se presentó la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE TRES ALBARROBOS LIMITADA (C.E.T.A.L.) poniendo de manifiesto su preocupación por el mencionado corte de energía que sufriera la comunidad y considerando inexplicable la duración del mismo por la rotura de una cadena de aisladores en la línea de alta tensión que une General Villegas con Tres Algarrobos (f. 6); Que estimó que EDEN S.A., no puso la dedicación y manipulación necesaria para resolver el problema en el menor tiempo posible, partiendo de la base que el corte se produjo a las 15,20 horas y en el centro operativo, que no atendían el teléfono, la recibieron a las 16,55 horas y, entre otras anormalidades, los tiempos de prueba, disponibilidad del personal, vehículo y herramientas acordes a las circunstancias;

Que adujo que puso en conocimiento de la población que la línea de transporte de 33 kV en cuestión, es de exclusivo control, reparación y mantenimiento de EDEN S.A.; Que hizo lo propio EDEN S.A., a través de su apoderado Dr. Marcelo Macías, informando que "...La deficiencia en la línea de MT obedeció a falla en la cadena de...

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