Resolución N° 216

EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición17 de Agosto de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 185
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 21 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 216
Córdoba, 17 de agosto de 2016
Expediente Nº 0045-017561/2015.-
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad
propicia por Resolución Nº 00485/2016 se contrate en forma directa la
ejecución de los trabajos de la Obra: “CONSERVACIÓN DE RUTINA EN
RUTA PROVINCIAL N° 12 - TRAMO: MARCOS JUÁREZ – RUTA PROVIN-
CIAL N° 6 (INRIVILLE) Y EN RUTA PROVINCIAL S/N° - TRAMO ACCE-
SOS DESDE AUTOPISTA Y TRAMO: DESVÍO TRÁNSITO PESADO”, con
la Municipalidad de Marcos Juárez, por la suma de $ 1.000.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Vialidad mediante la citada Resolución
ha procedido a aprobar el proyecto y demás documentación técnica de la
obra de que se trata, así como su presupuesto ocial.
Que de la Memoria Descriptiva obrante en autos surge que el tramo de
la Ruta Provincial Nº 12, que alcanza una longitud de 40,50 km., contem-
plado en este proyecto, es un camino de llanura que atraviesa y comunica
importantes centros industriales, como así también agrícolas-ganaderos
del Departamento Marcos Juárez. El tránsito vehicular de carga como de
pasajeros es abundante y uido durante todo el año.
Que en la misma se destaca que las banquinas y perles transversales
necesitan en forma periódica de la realización de trabajos de conserva-
ción, debido a que los mismos presentan banquinas que se descalzan con
frecuencia, como así también el crecimiento de la vegetación es abundante
y se torna peligroso para el tránsito vehicular.
Que consta en autos la conformidad del señor Intendente de la Mu-
nicipalidad de Marcos Juárez, autorizado por Ordenanza N° 2513/2015
del Concejo Deliberante de dicho Municipio, promulgado por Decreto Nº
277/2015, para realizar los trabajos referenciados.
Que se glosa el correspondiente Documento Contable (Nota de Pedi-
do), conforme lo establecido por el artículo 13 de la Ley N° 8614.
Que obra Dictamen N° 315/2016 del Departamento Jurídico de este
Ministerio en el que se expresa que en orden a las disposiciones de la Ley
de Ejecución de Presupuesto N° 5901 (T.O. Ley N° 6300) y modicatorias,
y con sustento legal en las previsiones del artículo 7 inciso e) de la Ley N°
8614, puede dictarse el instrumento legal por el cual se adjudique en forma
directa a la Municipalidad de Marcos Juárez la realización de los trabajos
de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Departamento Jurídico de este Ministerio bajo el Nº 315/2016, y en uso
de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa la ejecución de los traba-
jos de la Obra: “CONSERVACIÓN DE RUTINA EN RUTA PROVINCIAL N°
12 - TRAMO: MARCOS JUÁREZ – RUTA PROVINCIAL N° 6 (INRIVILLE)
Y EN RUTA PROVINCIAL S/N° - TRAMO: ACCESOS DESDE AUTOPISTA
Y TRAMO: DESVÍO TRÁNSITO PESADO”, con la Municipalidad de Marcos
Juárez, por la suma de Pesos Un Millón ($ 1.000.000,00).
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Un Millón ($ 1.000.000,00), conforme lo indica el Departamento Administra-
ción y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2016/000801, con cargo a: Jurisdicción
1.50, Programa 504-002, Partida 12.06.00.00, Centro de Costo 0385 del
P. V.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir el contrato pertinente.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase a la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y
archívese.
FDO: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES
Resolución N° 189
Córdoba, 5 de agosto de 2016
Expediente Nº 0045-015874/2011/A12.-
VISTO: Este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad
dependiente de este Ministerio, propicia por Resolución Nº 00174/2016 la
aprobación del Acta Acuerdo de la tercera Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de Variación de Costos correspondiente al mes de mayo
de 2015, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “PUENTE VADO
SOBRE EL RÍO SUQUÍA EN EL CAMINO PIQUILLÍN – EL QUEBRACHO
– DEPARTAMENTO: RÍO PRIMERO”, suscripta con fecha 16 de octubre de
2015, entre el entonces Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad y
el Representante de la Empresa ARC S.R.L., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 034 de fecha 7 de abril de 2014 del entonces
Ministerio de Infraestructura, se dispuso la adjudicación de la obra de que
se trata a la empresa ARC S.R.L., celebrándose con fecha 25 de junio de
2014 el Contrato de Obra correspondiente.
Que obra en autos copia de la Resolución N° 173 de fecha 9 de octubre
de 2015 del citado Ministerio, mediante la cual se aprobó el Acta Acuerdo
de la segunda Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Varia-
ción de Costos correspondiente al mes de septiembre de 2014.
Que mediante nota de fecha 22 de julio de 2015, la contratista solicita y fun-
damenta la tercera Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Va-
riación de Costos, incorporando las planillas de cálculo correspondientes.
Que obra Informe Técnico del Departamento II Gestión Económica de
Obras de la Dirección Provincial de Vialidad.
Que del Acta Acuerdo cuya aprobación se procura en autos surge que,
de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 10 del Anexo I al
Decreto N° 1231/2010, modicatorio de su similar N° 1133/2010, referido a
la Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos
mediante fórmula polinómica, se ha vericado el cumplimiento de los requi-
sitos establecidos, produciéndose una variación de costos de la obra supe-
rior al 7% entre la fecha de la segunda redeterminación (septiembre/2014)
y la fecha de la tercera redeterminación (mayo/2015).
Que en la mencionada Acta se establece que la tercera redetermina-

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