Resolución N 2143/GCABA/MHGC/10

FirmantesGrindetti
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición28 de Julio de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE HACIENDA

RESOLUCIÓN N 2143/GCABA/MHGC/10SE DESESTIMA VERIFICACIÓN DE CRÉDITO

Buenos Aires, 28 de julio de 2010

RESOLUCIÓN N.° 2143/MHGC/10

Buenos Aires, 28 de julio de 2010

VISTO:

la Nota N° 303.363-DGTALMH-10 y los Registros N° 26-CVDexMCBA-96, 255-CVDexMCBA-96 (Expte.87202/92), 276-CVDexMCBA-97; y,

CONSIDERANDO:

Que, por los indicados Registros tramitan las presentaciones de las firmas FRANCISCO OSVALDO DIAZ S.A., FOOD CONTROL S.A., y ELMO RICARDO, efectuadas en carácter de titulares de diversos contratos en dependencias de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, a través de las mentadas actuaciones, y, por la señalada tarea, gestionaron el reconocimiento de acreencias;

Que, impulsaron sus reclamos al amparo de lo establecido por el Decreto N° 225-GCBA-96;

Que, en el diligenciamiento de sus pretensiones intervino la entonces ComisiónVerificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, dicho cuerpo impuso a la petición el procedimiento previsto por el precitado acto administrativo y sus normas complementarias;

Que, si bien estas firmas insinuaron sus créditos en el marco de la citada normativa, a su vez iniciaron sus reclamos en sede judicial;

Que, al iniciar las acciones judiciales, se apartaron de los mecanismos previstos en los Decretos N° 225-GCBA-96 y 1480-GCBA-97, circunstancia que impide continuar con la verificación iniciada;

Que, de acuerdo a lo determinado en las normas mencionas, al optar las firmas por la vía judicial, se cierra la vía administrativa para el cobro;

Que, consultada la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires emite el Dictamen N° 75.933 de fecha 29/01/2010 donde concluye que, en los casos de aquellas empresas que hubieran optado por la vía judicial, se deberá dictar el acto administrativo que rechace las verificaciones de créditos intentadas;

Que, en consecuencia, la Procuración General ha tomado la intervención que le compete;

Que, de acuerdo a lo expresado, corresponde desestimar la verificación crediticia intentada por las firmas FRANCISCO OSVALDO DIAZ S.A. (Registro N° 26-CVDexMCBA-96), FOOD CONTROL S.A.( Registro N° 255-CVDexMCBA-96-Expte...

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