Resolución N° 214-MEGC/18

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición30 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2017 Año de las Energías Renovables"
RESOLUCIÓN N.° 214/MEGC/18
Buenos Aires, 17 de enero de 2018
VISTO:
La Ley Nacional N° 26.206, la Resolución N° 183-CFE/02, el Dictamen N° 2119/17, el
Expediente Electrónico N° 4.739.597/MGEYA-DGEGP/17, y
CONSIDERANDO:
Que tramita por estos actuados la ratificación del Dictamen N° 2119/17 de la Comisión
Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia
del Consejo Federal de Educación;
Que la Ley Nacional N° 26.206 establece que la validez nacional de títulos y
certificaciones de estudios a distancia se ajustará a la normativa del Consejo Federal
de Educación y a los circuitos de control, supervisión y evaluación específicos, a cargo
de la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de
Educación a Distancia y en concordancia con la normativa vigente;
Que mediante Resolución N° 183/02 del Consejo Federal de Cultura y Educación fue
creada la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de
Educación a Distancia;
Que el Dictamen N° 2119/17 de "Aprobación con Reservas" fue emitido el 4 de
Octubre de 2017 por la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las
Ofertas de Educación a Distancia, a tenor de la presentación de la carrera de
"Diplomatura Superior en Educación de Jóvenes y Adultos en el Nivel Primario"
efectuada por el Instituto Privado de la Unión Docentes Argentinos (A-1192), de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el mismo habilita a la institución para dictar la mencionada carrera durante 2 (dos)
años, plazo tras el cual debe realizarse una nueva presentación en la que deberá
ajustarse el proyecto completo a los lineamientos oportunamente señalados por la
Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de Educación a
Distancia;
Que para la emisión de dicho Dictamen se tuvieron en cuenta los indicadores
pautados en la Resolución N° 183/02 del Consejo Federal de Cultura y Educación, y
demás normativa concomitante, en orden a la información, datos generales de la
carrera, fundamentación y objetivos de la misma, perfil del egresado, propuesta
curricular (diseño y desarrollo), materiales didácticos a utilizar, cuerpo académico,
recursos e infraestructura, presupuesto y modo de financiamiento, organización,
gestión y sistema de monitoreo y evaluación de la carrera;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Educación de Gestión Privada;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5305 - 30/01/2018

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