Resolución N° 214 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor12 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXI - Nº 130
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 6 DE JULIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Resolución N° 214 - Letra:A
Córdoba, 15 de junio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0713-000211/2016, mediante el cual la entidad ci-
vil denominada “BIBLIOTECA BERNARDINO RIVADAVIA Y SUS ANEXOS
INSTITUTO DE ENSEÑANZA MEDIA Y UNIVERSIDAD POPULAR”, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea
Extraordinaria con fecha 12 de Octubre de 2016.
CONSIDERANDO: Que, atento las constancias obrantes en autos, se es-
timan cumplidos los requisitos formales, scales estatutarios y legales con
relación a la Asamblea Extraordinaria con fecha 12 de Octubre de 2016
de la entidad civil denominada “BIBLIOTECA BERNARDINO RIVADAVIA
Y SUS ANEXOS INSTITUTO DE ENSEÑANZA MEDIA Y UNIVERSIDAD
POPULAR” CUIT N° 30-53244804-9 con domicilio social en la Provincia
de Córdoba, en la cual se resolvió la reforma general del estatuto, en pro-
cura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b), 168,
174, 193,195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Decreto N° 37475 “A” de fecha 18 de Marzo de 1937.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma General del Estatuto social de la
entidad civil denominada “BIBLIOTECA BERNARDINO RIVADAVIA Y SUS
ANEXOS INSTITUTO DE ENSEÑANZA MEDIA Y UNIVERSIDAD POPU-
LAR” CUIT N° 30-53244804-9 con domicilio social en la Provincia de Cór-
doba, sancionada en Asamblea Extraordinaria con fecha 12 de Octubre de
2016, en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 215 - Letra:A
Córdoba, 15 de junio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0528-007882/2017, mediante el cual la entidad ci-
vil denominada “SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS OSVALDO
RAMON ROSSI”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, Repú-
blica Argentina, solicita autorización estatal para la Reforma del Estatuto,
dispuesta en Asamblea General Extraordinaria con fecha 15 de Marzo de
2 01 7.
CONSIDERANDO: Que, atento las constancias obrantes en autos, se es-
timan cumplidos los requisitos formales, scales estatutarios y legales con
relación a la Asamblea General Extraordinaria con fecha 5 de Diciem-
bre de 2016 de la entidad civil denominada “SOCIEDAD DE BOMBEROS
VOLUNTARIOS OSVALDO RAMON ROSSI” CUIT N° 30-68394576-1 con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la refor-
ma de los artículos 2, 3, 5, 7, 22, 28, 34, 35, 36, 37, 39, 44, 45, 46 y 56 del
estatuto, en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b), 168,
174, 193,195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 085 “A”/86 de fecha 21 de Mayo de 1986.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma del Estatuto social de los artículos
2, 3, 5, 7, 22, 28, 34, 35, 36, 37, 39, 44, 45, 46 y 56 de la entidad civil deno-
minada “SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS OSVALDO RAMON
ROSSI” CUIT N° 30-68394576-1 con domicilio social en la Provincia de
Córdoba, sancionada en Asamblea General Extraordinaria con fecha 5 de
Diciembre de 2016, en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 216 - Letra:A
Córdoba, 15 de junio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-119369/2015, mediante el cual la entidad ci-
vil denominada “CAMARA ARGENTINA DE CENTROS DE CONTACTOS”,
con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, soli-
cita autorización estatal para la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asam-
blea Extraordinaria con fecha 5 de Junio de 2015.
CONSIDERANDO: Que, atento las constancias obrantes en autos, se es-
timan cumplidos los requisitos formales, scales estatutarios y legales con
relación a la Asamblea Extraordinaria con fecha 5 de Junio de 2015 de la
entidad civil denominada “CAMARA ARGENTINA DE CENTROS DE CON-
TACTOS” CUIT N° 30-70937148-3 con domicilio social en la Provincia de
Córdoba, en la cual se resolvió la reforma del artículo 18 del estatuto, en
procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b), 168,
174 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las faculta-
des conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 541 “A”/05 de fecha 26 de Diciembre de 2015.

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