RESOLUCIÓN N° 214

Fecha15 Junio 2021
Número de registro33618
EmisorMINISTRO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

04 JUN 2021

Visto el Expediente Nº 00701-0125143-2 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que mediante las presentes actuaciones la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación gestiona la implementación de la Convocatoria “Ampliación de las Capacidades para Centros de Desarrollo y Aceleración de Tecnologías de la Provincia de Santa Fe 2021 (CIDAT 2021)”, como así también las Bases y Condiciones de la misma aprobadas por Acta 15 del Consejo Ejecutivo de la Agencia Santafesina de Ciencia, Tecnología e Innovación (AsaCTeI), las que se enmarcan dentro de la Ley N° 13742;

Que la mencionada Convocatoria tiene por finalidad fortalecer y/o impulsar espacios destinados a brindar apoyo en la creación y consolidación de empresas de base tecnológica, para acelerar su crecimiento y viabilizar proyectos empresariales innovadores, a través de infraestructura tecnológica, apoyo técnico, comercial y administrativo;

Que el artículo 1° de la Ley Provincial N° 13742 menciona que: “La provincia de Santa Fe promoverá y financiará actividades con base en la ciencia, la tecnología y la innovación a fin de asegurar la consolidación del Sistema Provincial de Innovación como herramienta clave para impulsar el desarrollo inclusivo, autónomo y sustentable de la Provincia, para la mejora de la calidad de vida de los santafesinos, la dinamización de las economías regionales, la innovación continua de la gestión y el funcionamiento del Estado, articulando las capacidades productivas, científico-tecnológicas y de innovación, existente y potenciales en el territorio”;

Que han tomado intervención la Secretaría de Administración y la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Jurisdicción, impulsando la continuidad del trámite;

Que para la implementación de la presente propuesta se destinará un monto de $ 90.000;

Que la mencionada convocatoria contempla Áreas Estratégicas, perspectiva de Género y Desarrollo Territorial y Arraigo;

Que los proyectos deben contribuir al posicionamiento de Santa Fe como polo de innovación, abordar áreas de alto impacto para la economía santafesina y fomentar el desarrollo territorial, propender a dinamizar la matriz productiva de la provincia a través de nuevas tecnologías vinculadas a los sectores industriales, promover el nacimiento y crecimiento de empresas científicas tecnológicas;

Que por otra parte, deben fomentar la creación y fortalecimiento de Instituciones de Ciencia y Tecnología entendiéndose por tales aquellas entidades especializadas en la formación, asesoramiento, vinculación y apoyo continuo a Científicos y Emprendedores a través de programas de transferencia e incubación;

Por ello y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Despacho,-

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN,

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorícese la implementación de la Convocatoria “Ampliación de las Capacidades para Centros de Desarrollo y Aceleración de Tecnologías de la Provincia de Santa Fe 2021 (CIDAT 2021)”, en el ámbito de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación del Ministerio de Producción, Ciencia, Tecnología, cuyas Bases y Condiciones como Anexo Único, forman parte integrante de la presente resolución.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, pubĺíquese y archívese.-

AMPLIACIÓN DE LAS CAPACIDADES PARA CENTROS DE DESARROLLO Y ACELERACIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE 2021 (CDAT 2021)

BASES Y CONDICIONES

Instrumentos de la Agencia Santafesina de Ciencia, Tecnología e Innovación (ASaCTeI)

1. OBJETIVO

Fortalecer y/o impulsar espacios destinados a brindar apoyo en la creación y consolidación de empresas de base tecnológica, para acelerar su crecimiento y viabilizar proyectos empresariales innovadores, a través de infraestructura tecnológica, apoyo técnico, comercial y administrativo.

Se pretende fomentar el desarrollo de un ecosistema innovador y dinámico que genere oportunidades significativas de promoción, desarrollo y transferencia o adopción de tecnologías emergentes, con inversión en infraestructura tecnológica y gestión del conocimiento, para producir alto impacto económico y social.

2. BENEFICIARIOS

Podrán ser Beneficiarios en la presente convocatoria personas jurídicas públicas o privadas de la Provincia de Santa Fe, que realicen significativos esfuerzos para apoyar la creación de empresas de base tecnológica, acelerar su crecimiento y/o viabilizar proyectos empresariales innovadores. Es requisito para constituirse en postulante que de su objeto social surja la posibilidad de acompañar, por sí sola o en asociación a otras organizaciones, el surgimiento y el fortalecimiento de nuevas empresas de base tecnológica (NEBT). En el caso de que se presenten instituciones en asociación, éstas deberán firmar un convenio de cooperación interinstitucional, como condición previa al primer desembolso.

Particularmente, en la “Modalidad B” el financiamiento estatal pretende acompañar la inversión privada, para la creación de centros de desarrollo y de aceleración de tecnología que tengan la capacidad de brindar servicios de apoyo a emprendimientos o empresas en formación de alta intensidad tecnológica. Las instituciones que aspiren al beneficio deben ofrecer: espacio físico, equipamiento para actividades de I+D vinculadas al área de su especialización (si la tuviera), capacitaciones, asistencia técnica y comercial, servicio de mentoría, vinculaciones y otras herramientas de acompañamiento para que los emprendedores puedan validar sus proyectos y poner en marcha sus desarrollos innovadores de alto impacto.

3. MODALIDADES DE PRESENTACIÓN

MODALIDAD A: Fortalecimiento de espacios existentes: Esta modalidad está destinada a las organizaciones preexistentes que quieran fortalecer las capacidades institucionales en: servicios de asesoramiento, capacitación, mentoreo, sensibilización, asistencia técnica, reparación de equipamiento, entre otros.

MODALIDAD B: Creación de nuevos espacios: Esta modalidad está destinada a la apertura de nuevos espacios físicos. Se financiará: infraestructura tecnológica, adquisición de equipamientos nuevos y asistencia técnica.

4. ÁREAS ESTRATÉGICAS:

Los proyectos a financiar que se inscriban dentro de las siguientes áreas de fortalecimiento, serán evaluados con un puntaje adicional de 5 sobre un total de 100 puntos:

1. Agrotecnología, Agroalimentos, Alimentos, Agricultura y sus cadenas;

2. Ambiental y Energías Renovables;

3. Conectividad, Industria 4.0;

4. Salud y Tecnología médica;

5. Biotecnología y Biología Molecular;

6. Bioinformática y Nanotecnología;

7. IT, Tecnologías de la Información y la Comunicación.

5. MONTO DE LA CONVOCATORIA

Se destinará a los efectos de este llamado un monto de noventa millones de pesos ($90.000.000), provenientes del presupuesto del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología (MinPCyT) de la provincia de Santa Fe. En el caso en que se disponga de recursos adicionales durante el desarrollo de la convocatoria, el monto podrá ser incrementado.

6. MONTO DE FINANCIACIÓN

Los recursos financiados consistirán en Aportes No Reembolsables, en dos modalidades:

MODALIDAD A: Se financiará hasta el SESENTA POR CIENTO (60%) del monto total del proyecto, fijándose en OCHO MILLONES DE PESOS ($8.000.000) la suma máxima que podrán solicitar los postulantes que se inscriban en esta modalidad.

MODALIDAD B: Se financiará hasta el CUARENTA POR CIENTO (40%) del monto total del proyecto, fijándose en VEINTE MILLONES DE PESOS ($20.000.000) la suma máxima que podrán solicitar los postulantes que se inscriban en esta modalidad.

El monto asignado al proyecto será entregado por la Agencia Santafesina de Ciencia, Tecnología e Innovación (ASaCTeI), a través de Organizaciones Vinculantes (OV)1 responsables de la administración y gestión, en uno o más desembolsos y deberán ser rendidos de acuerdo a las normas vigentes en la administración provincial.

7. CONDICIONES

1. Se podrá presentar solo una (1) solicitud por beneficiario (por sí o en asociación con otra entidad).

2. La ejecución del proyecto presentado deberá desarrollarse en el territorio de la provincia de Santa Fe.

3. Los proyectos deben contemplar:

a. El desarrollo de un programa general del centro, así como de líneas de investigación y desarrollo aplicado, que se vean potenciados por los recursos asignados por esta línea.

b. Un modelo de negocio y sustentabilidad institucional de corto, mediano y largo plazo.

c. La presentación de una cartera de proyectos de I+D aplicada, transferencia y comercialización de la tecnología, que provengan de un análisis de las oportunidades de mercado y de los desafíos de I+D asociados.

d. Programa de fomento de creación y desarrollo de empresas basadas en el conocimiento (servicios de formulación y gestión de proyectos científicos y tecnológicos; recursos en diseño, comunicación, comercialización y logística; apoyo a la internacionalización; entre otros).

e. Programa de actividades de formación y capacitación de profesionales en investigación, tecnologías y gestión.

f. Programa con perspectiva de género2.

4. La dirección del proyecto deberá estar a cargo de una persona con reconocida capacidad en gestión de proyectos y/o instituciones científico-tecnológicas, de innovación y/o economía del conocimiento. Asimismo, deberá demostrar comprobada experiencia en gestión, administración y comercialización tecnológica (vigilancia tecnológica, asistencia comercial, identificación de oportunidades, entre otros).

5. Las personas que participen como director/a y/o miembros del equipo de trabajo podrán hacerlo en un (1) solo proyecto, en el marco de la presente convocatoria.

6. El proyecto debe promover la competitividad de los sectores a los que apunta, y generar quiebres tecnológicos en las disciplinas en las que se fomenta la I+D+i.

7. El proyecto debe presentar las sinergias con las capacidades locales...

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