Resolución Nº 213/GCABA/MJYSGC/16

FirmantesOcampo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición15 de Abril de 2016

VISTO:

La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad -DNU N° 1510/GCABA/97-, los

Decretos Nros. 67/GCABA/10 y 353/GCABA/14, las Resoluciones Nros. 51/MHGC/10

y 713/MHGC/16, la Disposición N° 9/DGCG/10 y sus modificatorias y

complementarias, la Resolución N° 188/MJYSGC/16,

el Expediente N°

8532253/DGTALMJYS/16, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 188/MJYSGC/16, se asignó al Ministerio de Justicia y

Seguridad fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de pesos

trescientos mil ($ 300.000,00) destinada a las erogaciones que demanden los gastos

inherentes al mantenimiento y la preservación del Edificio de la Avenida Regimiento de

los Patricios N° 1142, en el marco de lo dispuesto por los Decretos Nros.

67/GCABA/10 y

353/GCABA/14, las Resoluciones Nros. 51/MHGC/10 y

713/MHGC/16, la Disposición N° 9/DGCG/10 y sus modificatorias y complementarias;

Que las tareas de mantenimiento previstas oportunamente, fueron postergadas por

razones operativas para el segundo trimestre del presente ejercicio, correspondiendo

en consecuencia rectificar el artículo 2 de la Resolución N° 188/MJYSGC/16;

Que, asimismo, resulta necesario designar al Doctor Julio ZÁRATE, DNI N°

26.322.150 y al señor Oscar Alberto DARVICH, DNI 17.969.071, como Responsables

de la Administración y Rendición de los fondos en cuestión, debiéndose depositar los

mismos en la cuenta corriente N° 20064/6 de la Sucursal N° 52 del Banco Ciudad de

Buenos Aires, perteneciente al Beneficiario N° 2815;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 120 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad -DNU N° 1510/GCABA/97- y por lo

establecido en la Disposición N° 9/DGCG/10, sus modificatorios y complementarias,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1 Rectifícase el artículo 2 de la Resolución N° 188/MJYSGC/2016, el que

quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2.- Los fondos previstos en el

artículo 1

deberán depositarse en tres (3) entregas parciales, cada una de pesos cien.

mil ($ 100.000.-), en la cuenta corriente N° 20064/6, sucursal 52 del Banco Ciudad de

Buenos Aires...

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