Resolución Nº 2129/GCABA/MAYEPGC/16

FirmantesMacchiavelli
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

VISTO:

la Ley N° 1.218, la Resolución N° 1100-MAYPEGC/15, los Expedientes N° 3212258-

DGCEM/14 y N° 20942342-MGEYA-DGTALMAEP/2015, el Sumario Administrativo N°

1140/15 y;

CONSIDERANDO:

Que por los expedientes citados en el Visto tramita el Sumario Administrativo N°

1140/2015, ordenado por Resolución N° 1100-MAYEPGC/15, a los fines de investigar

los hechos relacionados a las quejas realizadas por el Señor José Carlos Calegari

respecto de la solicitud de sumas de dinero presuntamente requeridas por el personal

dependiente del Cementerio de Flores de la Dirección General Cementerios de este

Ministerio, a los fines de proceder a la exhumación de un cuerpo que no se encontraba

reducido;

Que, ante la denuncia formulada, con fecha 7 de marzo de 2014 el agente Marcos

Davila Rosso presentó su descargo, manifestando que no habría solicitado dinero

alguno, y agregando que no procedió a exhumar el cuerpo por no estar el mismo

reducido normalmente;

Que, abierta la etapa instructoria, se prescindió de la declaración del denunciante José

Carlos Calegari, debido a que fue citado en varias oportunidades sin haber

comparecido a ratificar su denuncia;

Que en fecha 17 de febrero de 2016 prestó declaración informativa el Señor Marco

Antonio Dávila Rosso, inhumador en el Cementerio de Flores, quien recordó el caso

en cuestión porque fue la única vez en que tuvo un reclamo de esa naturaleza,

reiterando que el contribuyente fue quien le ofreció dinero para que omitiera cumplir

con la normativa que impedía el levantamiento cuando el cuerpo todavía no estaba

reducido;

Que en su declaración agregó que en la Administración del Cementerio, a veces no le

explicaban a los contribuyentes cómo era la normativa y por ello, él lo hacía, por lo

que, muchas veces se generaban situaciones conflictivas, ya que por lo general, los

familiares, cuando el cuerpo no estaba reducido, no querían iniciar el trámite de nuevo

a los dos años, como lo establece la norma; agregó que en el momento de hacer la

tarea, el inhumador se encontraba generalmente solo con el contribuyente, no

habiendo otras personas en el lugar;

Que en fecha 17 de febrero de 2016 se dio por concluida la instrucción del sumario;

Que la acusación contra el agente Marco Antonio Dávila Rosso no ha prosperado,

teniendo en cuenta que la imputación no ha sido sustentada por el denunciante con

prueba alguna...

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