Resolución N° 212 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 17 de Mayo de 2019 |
Emisor | Agencia Córdoba Cultura S.E |
Fecha de la disposición | 9 de Mayo de 2019 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 93
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 17 DE MAYO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
se encuentra facultado a realizar la Convocatoria al “Programa Escena Cór-
doba”, conforme se encuentra dentro de las competencias de este Organis-
mo, reconocidas por el Artículo 51 inc. 17° del Anexo I de la Ley N° 10.029,
y en especial el artículo 3° inciso o) de su Estatuto.-
Por ello, Ley Anual de Presupuesto N° 10.592, lo dictaminado por la
Subdirección de Legales y Despacho bajo el Nº 162/2019y normativa legal
citada, y atribuciones que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CORDOBA CULTURA S.E.
RESUELVE
ARTICULO 1º: APROBAR las Bases y Condiciones que como Anexo I
integran la presente Resolución y AUTORIZAR el llamado a Convocatoria
para la participación en el “Programa Escena Córdoba-Edición 2019” a ins-
tancias de la Subdirección de Artes, ámbito dependiente de esta Agencia
Córdoba Cultura S.E..-
ARTICULO 2º: IMPUTAR la suma total de pesos Doscientos Mil ($
200.000,00) a las siguientes partidas presupuestarias:
Jurisdicción 6.25, Programa Artístico Cultural 629, Partida Principal 06,
Partida Parcial 06, Subparcial 99, del P.V.-
ARTICULO 3º: PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Ocial de
la Provincia de Córdoba, comuníquese y archívese.-
FDO.: NORA BEDANO - PRESIDENTE AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E. - MAR-
COS BOVO - VOCAL DE LA AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
ANEXO
Resolución N° 212
Córdoba, 9 de Mayo de 2019
Y VISTOS: El Expediente Administrativo Nº 0385-002198/2019 del Regis-
tro de esta Agencia Córdoba Cultura S.E.-
Y CONSIDERANDO: Que a fs. 02/04 luce nota suscripta por la Subdirec-
tora de Artes Escénicas – Ab. Alicia Manzur, solicitando autorización para
llevar a cabo el llamado a Convocatoria para participar en el “Programa
de Fomento a la Infraestructura de Salas de Teatro Independiente Edición
2019”, de la Provincia de Córdoba, estimando un presupuesto de pesos Un
Millón Ochocientos Un Mil ($ 1.801.000,00).-
Que dicho Programa consiste en la entrega de veinticinco apoyos eco-
nómicos de pesos Setenta Mil ($ 70.000,00), para cada una de las Salas
participantes, los cuales serán seleccionados por un Jurado compuesto
por tres (3) integrantes, abonándoseles la suma de pesos Diecisiete Mil ($
17.000,00), para cada uno, en concepto de honorarios profesionales.-
Que obra en autos visto bueno otorgado por la Sra. Presidenta de esta
Agencia Córdoba Cultura S.E.-
Que a fs. 5/22 se agregan Bases y Condiciones de participación que
regirán la presente Convocatoria.-
Que a fs. 5/6 obra informe de imputación presupuestaria suscripta
por la Jefatura de Área Contable y Ejecución Presupuestaria de fecha
30/04/2019, por la suma total de pesos Un Millón Ochocientos Un Mil ($
1.801.000,00), para atender la erogación de lo tramitado en autos.-
Que se advierte que la Convocatoria fue publicada correctamente, lo
que garantizó la igualdad en la participación de todos los interesados cum-
plimentando con lo indicado en la Recomendación de la UNESCO, relativa
a la Participación y la Contribución de las Masas Populares en la Vida
Cultural, la que dene el Acceso a la Cultura como la posibilidad efectiva y
garantizada para todo individuo de expresarse, comunicar, actuar y crear
libremente con objeto de asegurar su propio desarrollo.-
Que las bases del presente Programa, muestran que establecen de
forma clara y precisa el destino del apoyo, quiénes pueden participar, los
requisitos de inscripción y la documentación a presentar según el tipo de
apoyo que se pretenda, las propuestas que no serán admitidas y la deli-
dad que debe existir entre el proyecto y las inversiones que se realicen, en
caso de ser beneciarios. Por otro lado, también dejan en claro la compo-
sición del jurado, cuyos miembros son idóneos para la tarea requerida, ya
que pertenecen a la labor teatral y serán designados por este organismo
del Estado, lo que asegura que la decisión a la que se arribe, será igualita-
ria y transparente.-
Que el ar t. 10 Ley 8835, dispone que las funciones, prestaciones y ser-
vicios del Estado Provincial están sujetas a los principios de información y
transparencia, lo que implica que deberá suministrarse toda la información
disponible en lenguaje simple, preciso y de fácil acceso sobre la gestión y
servicios existentes, criterios de admisión, trámites que deben realizarse,
estándares de calidad, desempeño, plazos, costos y funcionario responsa-
ble.-
Que el artículo 19 de la Constitución de la Provincia, ja en la enu-
meración de los derechos, el de creación artística y participación en los
benecios de la cultura.-
Por ello, competencias de este Organismo reconocidas por el Artículo
51 inc. 17° del Anexo I de la Ley N° 10.029, y en especial el artículo 3° in-
ciso o) de su Estatuto, Ley 10.337, Ley Anual de Presupuesto Año 2019 N°
10.592, lo dictaminado por la Subdirección de Legales y Despacho bajo el
Nº 161/2019, y atribuciones que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CORDOBA CULTURA S.E.
RESUELVE
ARTICULO 1º: APRUEBENSE las Bases, Condiciones de participa-
ción y Anexos, las que como Anexo I se acompañan a la presente Reso-
lución como parte integrante de la misma y AUTORICESE el llamado a
convocatoria para participar en el “Programa Fomento a la Infraestructura
de Salas de Teatro Independiente Edición 2019”.-
ARTICULO 2º: IMPUTESE la suma total de pesos Un Millón Ochocien-
tos un Mil ($1.801.000,00), que implica la erogación del presente Programa,
a las siguientes partidas presupuestarias, conforme detalle:
$ 1.750.000,00 a la Jurisdicción 6.25, Programa Artístico Cultural 629, Par-
tida Principal 10, Partida Parcial 05, Subparcial 99, del P.V.
$ 51.000,00 a la Jurisdicción 6.25, Programa 625, Sub Programa 03, Parti-
da Principal 03, Partida Parcial 05, Subparcial 99.-
ARTICULO 3º: PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Ocial de
la Provincia de Córdoba, comuníquese, notifíquese, y archívese.-
FDO.: NORA BEDANO - PRESIDENTE AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E. - MAR-
COS BOVO - VOCAL AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
ANEXO
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