Resolución N° 212 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Mayo de 2019
EmisorSecretaría de Educación
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2019
JUEVES 9 DE MAYO DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 87
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 212
Córdoba, 7 de mayo de 2019
VISTO: Las actuaciones presentadas por las autoridades de la Fundación
“Sociedades Complejas”, en las que solicitan se declare de Interés Educati-
vo al V Congreso Internacional sobre Problemáticas en Educación y Salud:
“Instituciones a la interperie: prácticas y saberes en tiempos complejos”,
que organizado por la mencionada Fundación, se llevará a cabo entre los
días 8 y 9 de junio de 2019 en la ciudad de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que el Congreso tiene la nalidad de dar a conocer y actualizar dife-
rentes marcos conceptuales y teorías que describen y analizan a las insti-
tuciones educativas en el contexto de las distintas problemáticas sociales
actuales.
Que en este sentido, entre los ejes temáticos del mismo pueden des-
tacarse: “Las Instituciones Hoy ” y “Educación, Salud y Trabajo Social: Lo
Interinstitucional - Construir y Sostener Redes”, entre otros.
Que las actividades previstas se centran en conferencias, paneles, de-
bates y ponencias a cargo de expertos en la temática abordada.
Que el evento está destinado a profesionales de la educación, estu-
diantes de carreras anes y docentes de todos los niveles educativos.
Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones conferi-
das por Resolución Ministerial Nº 118/2006;
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 212 ................................................................ Pág. 1
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 100 ................................................................ Pág. 1
Resolución N° 63 .................................................................. Pág. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 129 ................................................................ Pág. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
Resolución N° 4 .................................................................... Pág. 4
TRIBUNAL ELECTORAL AD HOC
Resolución Nº 44 .................................................................. Pág. 4
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- DECLARAR de Interés Educativo al V Congreso Internacional
sobre Problemáticas en Educación y Salud: “Instituciones a la interperie:
prácticas y saberes en tiempos complejos”, que organizado por la Funda-
ción “Sociedades Complejas”, se llevará a cabo entre los días 8 y 9 de junio
de 2019 en la ciudad de Córdoba.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en
el Boletín Ocial y archívese.-
FDO.: DELIA M. PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y
FINANCIAMIENTO
Resolución N° 100
Córdoba, 25 de abril de 2019
VISTO: Lo dispuesto por Ley N° 10.546, su Decreto Reglamentario N°
1053/18 y Resolución N° 250/2018 del Ministerio de Obras Publicas y Fi-
nanciamiento, en relación al “Programa de Pavimentación y Mejora de Ca-
minos Rurales”, la creación del Consorcio Caminero Único y la UNIDAD
EJECUTORA PARA LA REGLAMENTACION Y GESTION DEL CONSOR-
CIO CAMINERO UNICO; y lo sancionado por Ley N°10.622, en la cual se
dispone la modicación y/o ampliación de las condiciones originales del
Programa.
Y CONSIDERANDO:
Que la Legislatura Unicameral de la Provincia de Córdoba, sancionó
con fecha 10 de abril del corriente año, la Ley N°10.622 mediante la cual
se amplían los alcances de lo dispuesto por Ley N° 10.546.
Que dicha normativa estableció modicaciones y/o ampliaciones al
Programa original, lo cual hace indispensable adecuar los instrumentos
administrativos al nuevo contenido sancionado.
Que el “Consorcio Caminero Único”, como organismo sin nes de lucro
encargado de ejecutar las obras y realizar las acciones que resulten ne-
cesarias para la implementación y desarrollo del Programa, debe articular
los mecanismos que permitan un adecuado funcionamiento institucional,
previendo las fuentes de recursos que posibilitaran el cumplimiento cabal
de sus tareas.
Que asimismo la garantía de transparencia y eciencia de los procesos
de contratación por parte del “Consorcio Caminero Único”, requiere la utili-

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