Resolución N° 211/AGC/22

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 211/AGC/22
Buenos Aires, 20 de mayo de 2022
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad DNU Nº 1510-
GCABA/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347), las Disposiciones Nros. 3190-
GCABA -DGHP/19, 1628-GCABA -DGHP/20, el Expediente N° 6617926/2013, el
Expediente Electrónico N° 2021- 37677994-GCABA -AGC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la solicitud de
habilitación comercial iniciada por el Sr. Jorge Horacio Calbismonte, en su carácter de
apoderado de la firma “NUEVA UNO S.A.”, respecto del establecimiento ubicado en
Av. Rivadavia N° 6784/88, Unificadas, Entrepiso, Planta Baja y 1° Piso - Unidades
Funcionales Nros. 2 y 4, de esta Ciudad, para el desarrollo de los rubros: restaurante,
cantina (602.000), casa de lunch (602.010), café bar (602.020), despacho de bebidas,
wisquería, cervecería (602.030), casa de comidas rotisería (602.040), comercio
minorista elaboración y venta pizza, fugazza, faina, empanadas, postres, flanes,
churros, grill (602.050), parrilla (602.060), confitería (602.070), comercio minorista de
helados -sin elaboración- (601.050), salón de juegos de mesa (800.488) y salón de
juegos manuales(800.489), con una superficie de 544,03 m2;
Que es propicio mencionar que por las presentes actuaciones se digitalizó el
Expediente N° 6617926/2013, conforme surge de IF-2021-37695846-GCABA -AGC;
Que en ese sentido, la Dirección General Habilitaciones y Permiso intimó en reiteradas
oportunidades al administrado a subsanar las observaciones realizadas;
Que atento al dictamen identificado como IF-2015-17232861-AGC, la Subgerencia
Operativa Dictámenes IV expresó que: “(...) correspondería (...) la emisión del acto
administrativo que disponga el rechazo de la habilitación solicitada”;
Que por medio de la Disposición N° 3190-GCABA -DGHP/19, la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos rechazó la presente solicitud, siendo el administrado
debidamente notificado;
Que conforme surge de Presentación Agregar N° 004 y 005, se presentó el Sr. Jorge
Horacio Calbismonte en su carácter de apoderado de la firma, interpuso Recurso de
Reconsideración contra la mencionada Disposición y adjuntó documentación a tales
efectos;
Que a través de PV-2019-37287319-GCABA -DGHP e IF-2019-39178217-GCABA -
AGC, la Subgerencia Operativa Habilitaciones Previas y la Subgerencia Operativa
Dictámenes IV, respectivamente, coincidieron en que correspondería no hacer lugar al
Recurso incoado;
Que por medio de la Disposición N° 1628-GCABA -DGHP/20, la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos dispuso: “Desestímese el Recurso de Reconsideración
interpuesto contra los términos de la Disposición N° DI-2019-3190-GCABA-DGHP,
acto administrativo que denegó la solicitud de habilitación, gestionada por Expediente
N° 6617926/2013, para el local ubicado en la Av. Rivadavia N° 6784/88, Planta Baja,
Entre Piso, y 1° Piso, Unidad Funcional N° 2, a nombre de NUEVA UNO S.A.(...)”,
siendo el administrado debidamente notificado;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6387 - 31/05/2022

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