Resolución N 252/GCABA/SSPLAN/10

FirmantesLostri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición18 de Junio de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 252/GCABA/SSPLAN/10SE AUTORIZA EL REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN PARA LA FINCA SITA EN REPÚBLICA DE ESLOVENIA 1829

Buenos Aires, 18 de junio de 2010

RESOLUCIÓN N° 252 - SSPLAN/10

Buenos Aires, 18 de junio de 2010

VISTO: El Expediente N° 38899/2005 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle República de Eslovenia N° 1829, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 12,58m2 de los cuales 6,11m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Sector Escalera y Sector Hall) en tanto que 6,47m2 en forma no reglamentaria (PB: Sector Paso a Cochera), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 79) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 64, 68 a 72 y 115 a 123), con destino Vivienda Multifamiliar;

Que obra a fojas 125/126 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 39;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", y el Art. 4.7.10.1 "Ancho de salida para vehículos", ambos del Código de la Edificación;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 131 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la Declaración Jurada del profesional interviniente (fs. 125/126), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y...

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