Resolución N° 210 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición21 de Junio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 116
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 22 DE JUNIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Que la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de Arquitectura adjunta
en autos estructura de costos para la presente obra.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos deberá respetar las
disposiciones de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias,
entre ellas la Ley N° 10417 y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra
normativa aplicable, en relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la pre-
sente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los -
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 244/2018 del Departamento Jurídico de la Dirección
General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que,
en virtud de las consideraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de
los informes técnicos elaborados por las áreas competentes y visto que
se da cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por
Ley Nº 10417, Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende
que atento que la obra supera el índice trescientos (300) resulta oportuno
dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la ejecución de la misma,
como también maniesta expresamente que se deberá dar cumplimiento a
la precitada normativa a lo largo de todo el procedimiento, en especial a lo
dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº 1419/2017.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por De-
partamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales de este
Ministerio con el Nº 244/2018 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos referidos a la obra: “REFUNCIONALIZACIÓN Y PUESTA EN
VALOR DEL INMUEBLE UBICADO EN CALLE TRÁNSITO CÁCERES DE
ALLENDE ESQUINA CORRIENTES – CIUDAD DE CÓRDOBA, conforme
la documentación técnica compuesta por Memoria Descriptiva, Pliego Par-
ticular de Especicaciones Técnicas, Planos y Pliego Particular de Condi-
ciones con sus Anexos, elaborados por la Jefatura de Área de Proyectos,
Presupuestación y Licitación y la Jefatura de Área Administración, como
también el Presupuesto Ocial por la suma de Pesos Tres Millones Cuatro-
cientos Sesenta y Un Mil Doscientos Quince con Cincuenta y Un Centavos
($ 3.461.215,51) con IVA incluido y toda carga tributaria y social vigente.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a sus efectos
y archívese.
FDO: RICARDO SOSA, MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 210
Córdoba, 21 de junio de 2018
VISTO: este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con
la contratación de la obra: “REMODELACIÓN ÁREA DE SERVICIOS DEL
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE LA LOCALIDAD DE VILLA DEL
ROSARIO Y DEL HOSPITAL DR. RAMÓN B. MESTRE DE LA LOCALIDAD
DE SANTA ROSA DE RÍO PRIMERO – PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO: Que consta en estas actuaciones solicitud de la
Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud
instando el presente trámite a los nes de la autorización correspondiente
para la ejecución de la obra de referencia, de conformidad a las previsiones
del Decreto Nº 180/08.
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta por
Pliegos Particulares de Especicaciones Técnicas, Planos, Presupuesto
Ocial y Pliego Particular de Condiciones con sus Anexos, elaborados por
la Dirección General de Infraestructura y la Dirección General de Compras
y Contrataciones, ambas del Ministerio de Salud.
Que la Jefatura de Departamento Administración, con el Visto Bueno del
señor Secretario de Arquitectura, incorpora Informe de fecha 6 de junio de
2018 en el cual se destaca que el procedimiento de contratación resulta
adecuado como base de la compulsa abreviada, ajustándose a lo dispues-
to en la Ley Nº 10417 modicatorio de la Ley Nº 8614.
Que de los Pliegos incorporados en autos surge que el procedimiento de
contratación es la Compulsa Abreviada y que el sistema de contratación es
por Ajuste Alzado, como también que el Presupuesto Ocial estimado as-
ciende a la suma de $ 5.373.457,25, calculados al mes de octubre de 2017.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la citada Secretaría
en el cual se expresa que los precios detallados en el presupuesto ocial
son acordes a valores de mercado al mes de octubre de 2017.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Salud deberá respetar las disposiciones de la Ley
de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10417
y
sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en rela-
ción al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la pre-
sente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los -
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 243/2018 del Departamento Jurídico de la Dirección
General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que,
en virtud de las consideraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de
los informes técnicos elaborados por las áreas competentes y visto que
se da cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por
Ley Nº 10417, Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende
que atento que la obra supera el índice trescientos (300) resulta oportuno
dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la ejecución de la misma,
como también maniesta que se deberá dar cumplimiento a la precitada
normativa a lo largo de todo el procedimiento, en especial lo dispuesto en
el artículo 7 del Decreto Nº 1419/2017.

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