Resolución Nº 21/GCABA/SGCBA/17
Firmantes | Freda |
Emisor | F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES |
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), el
Decreto N° 1.550/08 (BOCBA N° 3.095), las Resoluciones N° 4-SGCBA/11 (BOCBA
N° 3.597) y N° 42-SGCBA/16 (BOCBA N° 4.835), el Expediente Electrónico N°
2.982.181-MGEYA-SGCBA/17, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que
posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las
atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura
General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de
personal;
Que por Decreto N° 1.550/08, se delega en los/as señores/as Ministros/as del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de
autorizar de forma excepcional la ausencia sin goce de haberes a los agentes
comprendidos en la Ley N° 471, por un período que no podrá exceder de un (1) año,
renovable por un período similar;
Que por Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la
Sindicatura de la Ciudad;
Que el artículo 69 del mencionado Estatuto establece "Licencia por razones familiares
o de otra índole: Para la atención de este tipo de asuntos, el/la Síndico/a General,
evaluará los motivos invocados por el interesado/a, y siempre que no se comprometa
en ningún caso la normal prestación del servicio, podrá concederse al personal una
licencia excepcional sin goce de haberes por un término no superior a un (1) año,
renovable -por única vez- por un periodo similar";
Que por Resolución N° 42-SGCBA/16 se concedió licencia sin goce de haberes a la
Srta. Paula Soledad TALENTO (D.N.I. N° 30.556.471 - Ficha N° 802.578), a partir del
día 1° de abril de 2016, y por el término de un (1) año, reteniéndosele durante el lapso
que demande el usufructo de la mencionada licencia, la partida presupuestaria
0801.0171.H00;
Que según surge del Expediente citado en el Visto, la Srta. Paula Soledad TALENTO
(D.N.I. N° 30.556.471 - Ficha N° 802.578)...
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