Resolución N° 21 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 14 de Junio de 2019 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
Fecha de la disposición | 6 de Mayo de 2019 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVI - TOMO DCLIV - Nº 113
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 14 DE JUNIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
de articulación para su ejecución.
Que el artículo 1° del Decreto N° 186/16, modicado por Decreto N°
1165/16, faculta a esta Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, en
el marco de sus competencias, para otorgar subsidios y ayudas directas,
hasta un importe equivalente a quince (15) veces el Índice uno (1) jado
en la Ley Anual de Presupuesto por Simple Providencia; y hasta cien (100)
veces el mismo Índice, por Resolución y, para autorizar a los señores Se-
cretarios de Equidad y de Promoción del Empleo a otorgar subsidios y/o
ayudas directas, cuando no se supere el límite indicado para ser asignados
por simple providencia.
Que el artículo 8° del Decreto N° 321/19 designa al Secretario de Pro-
moción del Empleo de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo
como Secretario Ejecutivo del Programa de que se trata.
Por todo ello, en el marco de las atribuciones previstas en la normativa
legal citada;
LA SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- FACÚLTASE a la Secretaría Ejecutiva de la Unidad Eje-
cutora del Programa Provincial de Fortalecimiento de la Economía Popular
para otorgar subsidios y/o ayudas directas destinados a las personas hu-
manas y/o jurídicas y/o proyectos asociativos beneciarios de dicho Pro-
grama, hasta un importe equivalente a quince (15) veces el Índice uno
(1) jado en la Ley Anual de Presupuesto, de conformidad a los términos
y alcances previstos en el Decreto N° 186/16, modicado por Decreto
N°1165/16.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, publíquese y archívese.
FDO: CRA. LAURA JURE, SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EM-
PLEO
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y
RETIROS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 130 - Letra:F
Córdoba,28 de mayo de 2019
VISTO: El artículo 51 de la Ley N° 8024 -texto ordenado según el Decreto
N° 40/09- y sus normas reglamentarias, complementarias y modicatorias.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 8024 -texto ordenado según Decreto N° 40/09- en su art.
51 dispone que los haberes de las prestaciones serán móviles en relación
con las variaciones del nivel sectorial de las remuneraciones del personal
en actividad.
Que el Decreto N° 41/09 - reglamentario de la Ley N° 8024 (texto or-
denado según Decreto N° 40/09) dispone en el primer párrafo de su art.
51 que cada beneciario será asignado al sector o repartición en la que se
desempeñó al menos la mitad del total de años aportados en el Sistema de
Reciprocidad Jubilatoria.
Que lo anteriormente expresado le da derecho al beneciario a que
sus haberes se muevan según el aumento promedio de los salarios de los
trabajadores activos de dicho sector o repartición.
Por ello, atento lo informado a fs. 2/7 por Gerencia Departamental de
Movilidad y lo aconsejado por Sub Gerencia General de Auditoría y Estu-
dios, y en virtud del Decreto provincial N° 36/2017, el Sr. Secretario Legal y
Técnico y de Previsión Social a/c de las funciones de Presidente de la Caja
de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba;
R E S U E L V E:
ARTICULO 1: APROBAR los Índices de Movilidad Salarial, a los nes
establecidos en el artículo 51 de la Ley N° 8024 -texto ordenado según
Decreto N° 40/09-, detallados en el Anexo I que consta de dos (2) fojas y
forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2: LIQUIDAR con los haberes de mayo del año 2019 la
actualización correspondiente a los sectores mencionados en el Anexo I
de la presente resolución.
ARTICULO 3: TOME CONOCIMIENTO Gerencia General. Notifíquese
y Publíquese. Con posterioridad, por Gerencia Departamental de Movili-
dad.
FDO: AB. MARIANO M.MENDEZ SECRETARIO DE LEGAL Y TÉCNICA Y DE PRE-
VISIÓN SOCIAL A/C PRESIDENCIA C.J.P.YR. DE CBA / DR. ENRIQUE A.GAVIOLI
SUB GCIA.DPTAL.DESPACHO / VILMA GARCIELA RAMIREZ GERENTE DEPAR-
TAMENTAL / MARIELA E.CAMPORRO SUB GTE.GRAL.DE AUDITORIA ESTUDIOS
Y CONTROL DE PROCESO
ANEXO:
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N° 21
Córdoba, 06 de mayo de 2019
VISTO: El expediente Nº 0034-092014/2019 en que se propicia la prórroga
del servicio integral de limpieza para el inmueble que ocupa la Dirección
General de Rentas, sito en calle Rivera Indarte N° 650 de esta Ciudad, que
fuera adjudicado por Resolución Nº 009/17 de esta Secretaría, a favor de
la rma MEDITERRANEA CLEAN S.R.L.
Y CONSIDERANDO:
Que dicha prórroga se encuentra prevista en el Artículo 2, Punto 2.1
del Pliego de Condiciones Generales y Particulares que rigiera la Licitación
Pública Nº 012/17.
Que a fs. 23 obra Constancia de Noticación, mediante la cual se co-
munica a la mencionada rma la intención de la Administración Pública de
prorrogar por veinticuatro (24) meses el servicio de que se trata.
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