Resolución Nº 2082/GCABA/SSGRH/16

FirmantesDomeniconi
EmisorSUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

VISTO:

La Ley N° 471(Texto Consolidado por Ley N° 5454) y el Expediente Electrónico N°

22919540/2016 (HBR) y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley N° 471 (Texto Consolidado por

Ley N° 5454), la relación de empleo público se extingue por renuncia del trabajador;

Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de

renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de la renuncia debe

dictarse dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente

organismo de personal y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";

Que según surge del expediente citado en el Visto, la señora Luz Amanda Gómez

Caballero, CUIL. 27-18901826-1, presentó a partir del día 30 de septiembre de 2016,

su renuncia como Residente de 2° Año, en la especialidad "Clínica Médica", del

Sistema de Residencias del Equipo de Salud, en el Hospital "Bernardino Rivadavia",

del Ministerio de Salud, conforme lo prescripto por Resolución N° 1502/MSGC/2015;

Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el

plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que,

por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo

prescripto en el artículo 65 de la Ley N° 471 (Texto Consolidado por Ley N° 5454);

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS

RESUELVE

Artículo 1 Téngase por aceptada a partir del día 30 de septiembre de 2016, la

renuncia presentada por la señora Luz Amanda Gómez Caballero, CUIL. 27-

18901826-1, como Residente de 2° Año, en la especialidad "Clínica Médica"...

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