Resolución N° 208 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Agosto de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición29 de Junio de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCII - Nº 159
CORDOBA, (R.A.) LUNES 8 DE AGOSTO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Arquitectura y Obras Viales, atento a que se ha vericado una variación en
los precios ponderados de los factores de costos del contrato superior al diez
por ciento (10%) respecto a los valores Contractuales vigentes.
Que en consecuencia, dicha asesoría considera que contempladas
las previsiones del Decreto N° 800/2016 y sus modicatorios, para los
cálculos efectuados, vericada la existencia de los supuestos que tornan
procedente la aplicación del precitado decreto, lo cual queda evidenciado
en lo actuado y aprobado, puede procederse como se gestiona, debiendo
la Secretaría de Arquitectura solicitar oportunamente la integración de la
garantía de contrato y formalizar addenda, habida cuenta que existe una
modicación del precio contractual que produce consecuencias jurídicas
en la ejecución del contrato de obra pública de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 225/2022 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Formulario de Aceptación de Adecuación
Provisoria de Precios Nº 2 por las variaciones de costos vericadas
en el mes de enero de 2022 en la obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO MÓ-
DULO PARA EL COMPLEJO CARCELARIO N° 1 REVERENDO PADRE
LUCHESSE, ubicado en el Paraje Alto El Durazno, Ruta Nacional N° 36 –
km 798,5 – Localidad Bouwer – Departamento Santa María – Provincia de
Córdoba”, por la suma de Pesos Setenta y Cuatro Millones Ciento Ochenta
y Un Mil Cuatrocientos Cincuenta y Tres con Noventa y Un Centavos $
74.181.453,91, suscripto con fecha 28 de abril de 2022 por el representante
de la empresa SADIC S.A., contratista de la obra, señor Daniel DESUM-
VILA, que como Anexo I, compuesto de una (1) foja, se acompaña y forma
parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Setenta y Cuatro Millones Ciento Ochenta y Un Mil Cuatrocientos Cincuen-
ta y Tres con Noventa y Un Centavos ($ 74.181.453,91), conforme lo indica
la Dirección General de Administración de este Ministerio, en su Docu-
mento de Contabilidad - Nota de Pedido N° 2022/000196, de acuerdo al
siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50,
Programa 506-002,
Partida 12.06.00.00,
Obras - Ejecución por Terceros del P.V……………..…$ 10.000.000,00
Presupuesto Futuro Año 2023……………………………..$ 64.181.453,91
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscri-
bir la enmienda de contrato por adecuación provisoria de precios, debiendo
la Empresa SADIC S.A., de corresponder, integrar el importe adicional de
garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a
la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 208
Córdoba, 29 de junio de 2022
Expediente Nº 0047-000039/2021/R3.-
VISTO: este expediente en el que el señor Secretario de Arquitectura pro-
picia por Resolución Nº 000244/2022, la aprobación de la Primera Ade-
cuación Provisoria de Precios por la variación de costos vericada en el
mes de diciembre del 2021 en la obra: “PUESTA EN VALOR Y REHABI-
LITACIÓN DEL MUSEO DE LAS MUJERES (EX CLUB EL PANAL) – 1°
ETAPA, Ubicado en Calle Rivera Indarte N° 55 - Barrio Centro - Localidad
de Córdoba – Departamento Capital - Provincia de Córdoba”.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas, en adelante POP, de con-
formidad a lo prescripto por Ley N° 10.618, su Decreto Reglamentario N°
750/2019, Resolución N° 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Mo-
dernización, Resolución N° 20/2019 de la Dirección General de Compras
y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación comple-
mentaria de aplicación en la especie, entre otros extremos.
Que la Adecuación de Precio de que se trata encuadra en las previsio-
nes del Decreto Nº 800/2016, modicado por su similar Nº 30/2018, dispo-
siciones de la Resolución Nº 223/2016 del entonces Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales y Art. 37 del Pliego Particular de Condiciones
de la obra de referencia.
Que la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio advierte la
existencia de un archivo titulado “Índice, haciendo plena fe de su contenido.
Que mediante Resolución Ministerial Nº 315/2021 de fecha 15 de sep-
tiembre del 2021, se adjudicó la ejecución de la referida obra a la empresa
MARTINAZZO JUAN PABLO, suscribiéndose el pertinente contrato el día
10 de noviembre del 2021, con un plazo de ejecución de obra 150 días a
contar desde la suscripción del Acta de Replanteo, la cual fue confecciona-
da con fecha 20 de diciembre del 2021.
Que consta en autos Solicitud de Adecuación Provisora realizada por
la empresa MARTINAZZO JUAN PABLO, suscripta digitalmente con fecha
10 de diciembre del 2021.
Que la División Certicaciones de la Secretaria de Arquitectura informa
“…SI se confeccionó el Certicado Extraordinario de Pago a Cuenta POR
SISTEMA POP…”.
Que la Jefatura de Área Estudios de Costos de la Secretaría de Ar-
quitectura incorpora informe de “Adecuación Provisoria – Obra Faltante a
Ejecutar – Diciembre/2021” del cual surge que los cálculos practicados se
hallan en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Nº 800/2016 y, que
a la fecha del primer salto el porcentaje físico ejecutado de obra era del
0,00% y que la variación al mes de diciembre del 2021 alcanzó un 10,36%,
lo que representa económicamente un incremento de $ 7.764.492,33, sien-
do que el nuevo monto del contrato adecuado de la obra asciende a la
suma de $ 87.384.284,83.

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