Resolución Nº 207/GCABA/AGC/17
Firmantes | Pedace |
Emisor | Agencia Gubernamental de Control |
VISTO:
Las Leyes N° 2.624 y 471 (textos consolidados por Ley N° 5.666), la Resolución N°
351-AGC/16, el Expediente Electrónico N° 16118281-MGEYA-AGC-17 y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución N° 351-AGC/16 se otorgó licencia sin goce de haberes
al Sr. Carlos Alejandro Castel (CUIL 20-24270642-1) por ejercicio de un cargo de
mayor jerarquía respecto de la Subgerencia Operativa Lugares Bailables y Bares, a
partir del 2 de junio de 2016;
Que mediante el Expediente Electrónico citado en el visto, el Sr. Castel solicitó se deje
sin efecto la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía otorgada por la
mencionada Resolución, informando que se desempeñará como Subgerente
Operativo de Asuntos Jurídicos dependiente de la Dirección General Administrativa,
Técnica y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, a partir del 1° de julio del
corriente año;
Que por NO-2017-16061962-DGTALMJYS la mencionada Dirección General solicitó
dejar sin efecto la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía de Carlos
Alejandro Castel a partir del 1° de julio de 2017 informando que "el mismo será
designado como Subgerente Operativo de Asuntos Jurídicos dependiente de la
Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y
Seguridad";
Que asimismo, a través de la PV-2017-16339296-DGTALMJYS, la referida Dirección
General Técnica Administrativa y Legal informó que el agente "va a ser designado en
forma transitoria, por medio del EE N° 15308250-MGEYA-DGTALMJYS-17 como
Subgerente Operativo de Asuntos Jurídicos" y que "para poder llevar a cabo esta
acción se requiere que previamente se deje sin efecto la licencia mencionada";
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente a fin
de receptar la mencionada solicitud;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y
Técnica de esta Agencia Gubernamental de Control ha tomado la intervención de su
competencia.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 6° inciso e) de la Ley N°
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE...
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