Resolución Nº 206/PJCABA/CMCABA/15

FirmantesRabinovich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición23 de Junio de 2015

VISTO:

El Expediente DCC N° 148/15-0 caratulado "D.C.C. s/ Impresión de la Revista Pensar

JUSBAIRES", y

CONSIDERANDO:

Que mediante Memo N° 183/2015, la Editorial Jusbaires solicitó la impresión de dos

mil (2000.-) ejemplares de la revista "Pensar Jusbaires", según las características

técnicas que allí señala (fs. 3).

Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntó el presupuesto

presentado por Eudeba S.E.M. de dónde surge que el monto por la impresión

requerida asciende a la suma de ciento diez mil ciento cuarenta pesos ($ 110.140,00)

(fs. 11).

Que luego, la Dirección de Compras y Contrataciones puso de resalto que la firma

Eudeba es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social

reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo

autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que

correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la

Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 12 y 15).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y

Administración Contable realiza la afectación de la partida presupuestaria necesaria

para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia de Registración N° 650/06

2015 de fs. 13/14).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y

emitió el Dictamen N° 6363/2015. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el

análisis jurídico correspondiente, destacó que "la ley 4764 (reglamentada a través de

la Res. CM N° 1/2014) modificó parcialmente la ley de compras y contrataciones,

habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095, referido a la contratación directa, el

inciso 11) que expresamente dice: 11. Los contratos para la adquisición de bienes o

prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales,

municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades

Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación

tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate" y concluyó que "no

encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, para la continuidad del

trámite del presente expediente" (fs. 21).

Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los...

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