Resolución Nº 206/PJCABA/CMCABA/15
Firmantes | Rabinovich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Consejo de la Magistratura |
Fecha de la disposición | 23 de Junio de 2015 |
VISTO:
El Expediente DCC N° 148/15-0 caratulado "D.C.C. s/ Impresión de la Revista Pensar
JUSBAIRES", y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N° 183/2015, la Editorial Jusbaires solicitó la impresión de dos
mil (2000.-) ejemplares de la revista "Pensar Jusbaires", según las características
técnicas que allí señala (fs. 3).
Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones adjuntó el presupuesto
presentado por Eudeba S.E.M. de dónde surge que el monto por la impresión
requerida asciende a la suma de ciento diez mil ciento cuarenta pesos ($ 110.140,00)
(fs. 11).
Que luego, la Dirección de Compras y Contrataciones puso de resalto que la firma
Eudeba es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social
reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo
autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que
correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la
Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 12 y 15).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección de Programación y
Administración Contable realiza la afectación de la partida presupuestaria necesaria
para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia de Registración N° 650/06
2015 de fs. 13/14).
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete y
emitió el Dictamen N° 6363/2015. Allí, luego de realizar la reseña de lo actuado y el
análisis jurídico correspondiente, destacó que "la ley 4764 (reglamentada a través de
la Res. CM N° 1/2014) modificó parcialmente la ley de compras y contrataciones,
habiendo incluido dentro del art. 28 de la ley 2095, referido a la contratación directa, el
inciso 11) que expresamente dice: 11. Los contratos para la adquisición de bienes o
prestación de servicios que celebren las jurisdicciones y entidades del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre sí o con organismos provinciales,
municipales o del Estado Nacional, como así también con las Universidades
Nacionales y otras Universidades con sede en la Ciudad, siempre que la contratación
tenga relación directa con el objeto del organismo que se trate" y concluyó que "no
encuentra obstáculo alguno, desde el punto de vista jurídico, para la continuidad del
trámite del presente expediente" (fs. 21).
Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los...
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