Resolución N° 206-MCGC/18

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 206/MCGC/18
Buenos Aires, 6 de febrero de 2018
VISTO:
La Ley N° 2.264, los Decretos Nros. 886/07, su modificatorio 1.135/09 y las
Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 y el Expediente Electrónico N°
28.743.164/MGEYA-DGTALMC/2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de
la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la
aprobación de todos los proyectos que cuenten con resolución favorable del Consejo
de Promoción Cultural;
Que el artículo 6° de la Ley N° 2.264 crea el Consejo de Promoción Cultural de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 9° de la Ley define las atribuciones del mencionado Consejo, entre las
que se encuentra la de resolver sobre el interés cultural para la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de los proyectos presentados según lo dispuesto en la misma y su
reglamentación, como asimismo elevar a la a autoridad de aplicación, a los fines de su
aprobación, los proyectos que obtengan resolución favorable en razón del interés
cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que los artículos 12 al 16 de la Ley N° 2.264 establecen las normas relativas a las
personas físicas y jurídicas sin fines de lucro que pueden constituirse en beneficiarios
en el marco del Régimen de Promoción Cultural;
Que la Ley N° 2.264 fue reglamentada por Decreto N° 886-GCBA-07, el cual establece
en su artículo 9° que los/las aspirantes a beneficiarios/as deben presentar sus
proyectos culturales conforme lo establezca la normativa complementaria, en la forma
y modo que determine la autoridad de aplicación;
Que por Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 se dictaron las normas
complementarias necesarias para el funcionamiento del Régimen de Promoción
Cultural;
Que en razón del devenir implementado en el tratamiento del subsidio que nos ocupa,
se infiere que resulta oportuno flexibilizar la aprobación de cada proyecto presentado,
tendiendo en cuenta que el monto asignado debería ser una suma máxima, otorgando
la posibilidad de obtener recursos complementarios de diversas fuentes para el
cumplimiento del proyecto comprometido;
Que en los presentes actuados tramita la petición del señor Mauro George Lazarovich
CUIT 20-37510692-3, con domicilio constituido en Ayacucho 1027 2° “D“ de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, solicitando que el proyecto N° 6905/RPC/17 titulado
"REVISTA TRANSAS" sea incluido en el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el aspirante a beneficiario ha solicitado la suma de $ 398.000.-;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5314 - 14/02/2018

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