Resolución N° 206

EmisorDirección General de Transporte
Fecha de la disposición 1 de Abril de 2015
CÓRDOBA, 9 de abril de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIV - Nº 65 Primera Sección 7
Resolución N° 157
Córdoba, 9 de marzo de 2015
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-185556/
2014 la Empresa EXPRESO DIFERENCIAL
CÓRDOBA RÍO CUARTO S.R.L., solicita
aprobación de horarios UNIFORMES para
prestar en el Servicio Regular Diferencial de los
corredores CÓRDOBA- DESPEÑADEROS con
escala en Rafael García y viceversa y RÍO
CUARTO –ADELIA MARÍA y viceversa.
Y CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Infraestructura del Transporte
informa que la diagramación propuesta por la
permisionaria no altera el permiso de explotación
que posee la misma, y con el objeto de adecuar
los horarios a cumplir con carácter de
UNIFORMES, por lo que se aconseja su
aprobación, debiendo quedar sujeta a las
modificaciones que eventuales reclamos las
justifiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de
Organización y Gestión comparte lo expresado
por dicha Oficina, aconsejando se dicte el acto
administrativo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección Gen-
eral de Operaciones a fs. 21/22 bajo el N° 0120/
2015 y atento a las facultades conferidas por el
Artículo 40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa
legal vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL
DE TRANSPORTEnexo
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa
EXPRESO DIFERENCIAL CÓRDOBA RÍO
CUARTO S.R.L. para prestar con carácter de
UNIFORMES los horarios diagramados a fs. 4 y
5 de autos, en el Servicio Regular Diferencial de
los corredores CÓRDOBA- DESPEÑADEROS
con escala en Rafael García y viceversa y RÍO
CUARTO – ADELIA MARÍA y viceversa,
quedando sujetos a las modificaciones que
eventuales reclamos las justifiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, dése
copia al Ente Regulador de Servicios Públicos,
pase a la Oficina de Infraestructura y archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
ANEXO
http://goo.gl/hY4egl
Resolución N° 158
Córdoba, 9 de marzo de 2015
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-185555/
2014 la Empresa EXPRESO DIFERENCIAL
CÓRDOBA RÍO CUARTO S.R.L., solicita
aprobación de horarios UNIFORMES para
prestar en el Servicio Regular Común de los
corredores CÓRDOBA- LABOULAYE y
viceversa, RÍO CUARTO – LABOULAYE y
viceversa y RÍO CUARTO- ADELIA MARÍA y
viceversa.
Y CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Infraestructura del Transporte
informa que la diagramación propuesta por la
permisionaria no altera el permiso de explotación
que posee la misma, y con el objeto de adecuar
los horarios a cumplir con carácter de
UNIFORMES, por lo que se aconseja su
aprobación, debiendo quedar sujeta a las
modificaciones que eventuales reclamos las
justifiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de
Organización y Gestión comparte lo expresado
por dicha Oficina, aconsejando se dicte el acto
administrativo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección Gene
ral de Operaciones a fs. 23 bajo el N° 0091/2015
y atento a las facultades conferidas por el Artículo
40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal
vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL
DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa
EXPRESO DIFERENCIAL CÓRDOBA RÍO
CUARTO S.R.L. para prestar con carácter de
UNIFORMES los horarios diagramados a fs. 4,
5 y 6 de autos, en el Servicio Regular Común de
los corredores CÓRDOBA- LABOULAYE y
viceversa, RÍO CUARTO – LABOULAYE y
viceversa y RÍO CUARTO- ADELIA MARÍA y
viceversa, quedando sujetos a las modificaciones
que eventuales reclamos las justifiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese,
dése copia al Ente Regulador de Servicios
Públicos, pase a la Oficina de Infraestructura y
archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 206
Córdoba, 1 de abril de 2015
VISTO: El Expediente N° 0048-184750/2014
mediante el cual el Señor Marcelo Claudio
FELAUTO, DNI N° 14.132.675 solicita la
renovación del permiso de explotación de un
Servicio Especial, Obrero y Escolar de
transporte de pasajeros oportunamente
otorgado por Resolución N° 300 de fecha 18
de Octubre de 2013 del por entonces Ministro
de Transporte y Servicios Públicos, con centro
en la ciudad de RIO CUARTO y bajo la
denominación de “MARFEL VIAJES”.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 300 de fecha 18 de
Octubre de 2013 se otorgó el permiso de
explotación del servicio por el término de un
año, por lo que a la fecha el plazo se encuentra
vencido.
Que la Dirección de Jurisdicción de
Planificación y Control informa que el
recurrente acredita haber cumplimentado con
las exigencias a verificar por las áreas a su
cargo y que puede darse continuidad al trámite
de autos, pero en forma previa a otorgar el
permiso deberá acompañarse el Certificado
actualizado de Antecedentes emitido por la
Policía de la Provincia de Córdoba.
Que la Dirección de Jurisdicción de
Organización y Gestión presta conformidad a
lo informado por las áreas de su jurisdicción,
considerando que puede propiciarse el dictado
de la Resolución correspondiente a la
Renovación del Servicio Especial, Obrero y Es-
colar.
Que la Dirección General de Operaciones emite
Dictamen N° 1291/2014 en donde concluye que
puede dictarse resolución excepcional y por única
vez, autorizando al peticionante a prestar un
Servicio Especial, Obrero y Escolar, renovando
el permiso por el término de Dos (2) años a partir
del dictado de la resolución y tener por
incorporada la unidad dominio N° JYW 900,
inscripta en el Registro Nacional de la Propiedad
del Automotor el 09/05/2011.
Que el servicio de transporte especial, obrero
y escolar se encuentra normado en el Artículo 9,
incisos “D, E y F” de la Ley Provincial N° 8669 y
correlativos del Decreto Reglamentario N° 254/
03 y Art. 37 del Anexo “A” del decreto precitado.
Que para la prestación del servicio se
mantendrá el parque móvil oportunamente
habilitado por Resolución N° 300/2013, por
ajustarse a los requisitos establecidos para la
permanencia en servicio; siendo obligación de la
permisionaria acreditar con la periodicidad
establecida, que mantiene actualizadas las
exigencias reglamentarias, durante el plazo de
vigencia del permiso.
Que conforme lo prevé el Artículo 40 inciso “E”
del Decreto Reglamentario N° 254/03 es
atribución de la autoridad de aplicación otorgar
permisos para los servicios en la modalidad Es-
pecial, Obrero y Escolar, considerándose
pertinente otorgarlo por el término de dos (2)
años a partir del dictado de la presente Resolución.
Que por Resolución N° 115 de fecha 23/06/
2014 la Secretaría de Transporte delegó de
manera excepcional y por única vez a esta
Dirección General de Transporte, la facultad de
otorgar autorizaciones para la explotación de
servicios en la modalidad especial, restringido,
obrero, escolar dentro del marco de
reordenamiento dispuesto para esta modalidad
de prestación.
Por todo lo expuesto, atento lo dispuesto por el
Artículo 40, inciso e) del Decreto N° 254/03; las
facultades delegadas por Resolución N° 115 del
23/06/2014 y normativa legal vigente, en uso de
sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL
DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR al Señor Marcelo
Claudio FELAUTO, DNI N° 14.132.675, CUIT
N° 23-14132675-9, Ingresos Brutos – Convenio
Multilateral- N°904-451245-5, con domicilio en
Av. Colón N° 1151 Torre 2, Piso 2 Dpto “B” de
esta ciudad de Córdoba, para que preste por el
término de DOS (2) años un servicio de transporte
de pasajeros en las modalidades Especial,
Obrero y Escolar, mediante contratación previa
y sin recorrido permanente, con centro en la
ciudad de RIO CUARTO y bajo la denominación
de “MARFEL VIAJES”.
Artículo 2°.- DISPONER para la prestación
del servicio, el siguiente parque móvil:
-Marca MERCEDES BENZ, modelo del año
2011, fecha de inscripción en el Registro de la
Propiedad del Automotor el 09/05/2011, chasis
N° 8AC904663BE046687, motor N°
61198170123274, de 19 asientos, Tacógrafo
DIGITAC 20772, Dominio N° JYW 900, placa
identificatoria N° E 2806.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese,
dése copia al Ente Regulador de los Servicios
Públicos, pase al Registro de Prestatarios y
archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 188
Córdoba, 19 de marzo de 2015
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-
185421/2014 la Empresa PANAHOLMA S.R.L.,
solicita aprobación de horarios de Temporada
Verano 2014-2015 para prestar en el Servicio
Regular Diferencial en los corredores CÓRDOBA
– VILLA DOLORES y viceversa; VILLA
DOLORES – CURA BROCHERO y viceversa.
Y CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Infraestructura del Transporte
informa que la diagramación propuesta por la
permisionaria no altera el permiso de explotación
que posee la misma, con el objeto de adecuar los
horarios para cumplir en temporada Verano 2014-
15, por lo que se aconseja su aprobación,
debiendo quedar sujetos a las modificaciones que
eventuales reclamos las justifiquen.
Que a la Dirección de Jurisdicción de
Organización y Gestión comparte lo expresado
por dicha Oficina, aconsejando se dicte el acto
administrativo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección Gen-
eral de Operaciones bajo el N° 0094/2015 y
atento a las facultades conferidas por el Artículo
40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal
vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL
DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa
PANAHOLMA S.R.L. para prestar en temporada
Verano 2014-2015 los horarios diagramados a
fs. 5 y 7 de autos, en el Servicio Regular
Diferencial de los corredores CÓRDOBA – VILLA
DOLORES y viceversa; VILLA DOLORES –
CURA BROCHERO y viceversa, quedando
sujetos a las modificaciones que eventuales
reclamos las justifiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese,
dése copia al Ente Regulador de Servicios
Públicos, pase a la Oficina de Infraestructura y
archívese.
ING. MARCELO D. MANSILLA
DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
ANEXO
http://goo.gl/rs7ujZ
Resolución N° 205
Córdoba, 1 de abril de 2015
VISTO: El Expediente N° 0048-184519/2014
mediante el cual el Señor Eduardo Ezequiel
RIVERO, DNI N° 28.579.787 solicita la
renovación del permiso de explotación de un
Servicio Especial, Obrero y Escolar de transporte
de pasajeros oportunamente otorgado por
Resolución N° 091 de fecha 24 de Marzo de
2004 del por entonces Director de Transporte,

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