Resolución N 673/GCABA/MAYEPGC/10

FirmantesSantilli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESOLUCIÓN N 673/GCABA/MAYEPGC/10SE INSTRUYE SUMARIO ADMINISTRATIVO

Buenos Aires, 17 de mayo de 2010

RESOLUCIÓN N° 673 - MAYEPGC/10

Buenos Aires, 17 de mayo de 2010.

VISTO: la Nota N° 1.335.450-DGCEM/09, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la denuncia formulada por la señora Irma Beatriz Antipan, madre de quien fuera en vida José Darío Galera, quien falleciera el 26 de noviembre de 2.006, y fuera sepultado en la Sección Niños, tablón 33, sepultura 7 del Cementerio de Flores;

Que declara la denunciante que al concurrir al cementerio a llevar flores a su hijo, advirtió que no se encontraba la sepultura, dirigiéndose de inmediato a la Dirección del precitado cementerio donde fue atendida por los agentes Enrique Ferreti, Jefe de Departamento Administrativo y el agente Locane, quienes le informaron que en los registros del cementerio no constaba autorización para levantar dicha tumba;

Que asimismo dejó constancia que la sepultura de marras debía ser levantada, con el fin de cremar los restos de su hijo, el día 27 de noviembre de 2.009, circunstancia que consta en los libros del Cementerio de Flores;

Que el agente Ángel Albornoz, era el encargado del sector donde se produjo el hecho denunciado por ante la Comisaría 36; requerido que fuera sobre el tema presentó su descargo;

Que el hecho descubierto fue verificado por personal policial, comprobando que el cadáver de quien en vida fuera José Darío Galera que se encontraba inhumado en la sepultura formada por la Sección Niños, Tablón 33, Sepultura 7 del Cementerio de Flores había sido exhumado;

Que a raíz del hecho intervino la Fiscalía N° 43 de Primera Instancia en lo Criminal de Instrucción, dándose intervención asimismo al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 29 donde formó la Causa N° 51.073/09, la que fuera remitida por incompetencia a la Justicia Penal Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires;

Que se caratuló la causa Claudio Miguez y Homero Marín s/inf. Artículo 67 del C.C., referido a la violación de sepulturas, con número del fuero 57.181/09, recayendo su sorteo en...

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