Resolución N 1509/GCABA/MHGC/10
Firmantes | Grindetti |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 18 de Mayo de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE HACIENDA
RESOLUCIÓN N 1509/GCABA/MHGC/10ARCHIVA EL SUMARIO ADMINISTRATIVO N° 239-07
Buenos Aires, 18 de mayo de 2010
VISTO: El expediente N° 47.144-07 e incorporado N° 31.259-07, mediante el cual se instruyó sumario administrativo N° 239/07 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la actuación de la referencia se dispuso la instrucción del pertinente sumario administrativo a fin de ponderar los hechos denunciados y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder en orden a la aparente falta de conocimiento de la Resolución N° 4.000-SC-04 por parte de la entonces Dirección General de Recursos Humanos, y las contrataciones de locación de servicios que se habrían celebrado entre la Administración y el agente Edgar Leandro Miguel Attara;
Que de los antecedentes incorporados a las presentes actuaciones, surge que mediante el aludido acto administrativo se revocó por razones de ilegitimidad la Resolución N° 2.708-SC-03, que había declarado cesante al agente supra referido por inasistencias injustificadas, y que en virtud de ello tal agente solicitó el otorgamiento de tareas;
Que abierta la etapa instructoria prestó declaración testimonial Omar Osvaldo Ringa, Jefe de División de la ex Dirección General de Recursos Humanos, quien manifestó que tal unidad efectivamente había tomado conocimiento de la Resolución N° 4.000-SC-04, y señaló que la contratación bajo el régimen locación de servicios la realizaba directamente el Ministerio que la requería y quien remitía el expediente al área de administración de personal a fin de verificar si existía algún impedimento al respecto;
Que la Dirección General del Ente de Higiene Urbana informó que el Señor Edgar Leandro Attara, se desempeño en ese organismo bajo la modalidad de contrato de locación de servicio, cumpliendo funciones de barrendero-papelero, siendo el primer contrato celebrado durante el período 01/01/06 al 30/04/06, y el último por el lapso comprendido entre el 01/10/06 y 01/12/06;
Que por su parte Alejandra Aslangian, con funciones en la Dirección General de Contaduría, manifestó quepor Decreto N° 2.205, a la Dirección General de Contaduría llega solamente el Acto Administrativo certificado que dispone...
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