RESOLUCIÓN Nº 2051

Fecha03 Junio 2019
Número de registro28577
EmisorDIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 22 MAY 2019

VISTO:

El Expediente Nº 15201-0058220-0 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 105475 (fs. 38) manifiesta que en los presentes actuados tramita la normalización de la cuenta y de la situación contractual de la Unidad Habitacional identificada como: EDIF. C – 02 - 104 – (4D) – Nº de Cuenta 0309-0104-1 – Plan Nº 0309 - 280 VIVIENDAS - Barrio Don Bosco - Santa Fe – Dpto. La Capital, habiendo agregado las constancias de lo actuado por la Unidad de Titularización a partir de fs. 28, con la finalidad última de escriturar;

Que la titularidad de dicha vivienda corresponde a los señores Gonzalez, María Cecilia de los Milagros y Merz, Jorge Eugenio según boleto de Compra-venta a fs. 03/04, surgiendo de la planilla resumen a fs. 29 que la unidad está habitada por Gomez, Andrea Lidia, quien manifiesta que se la prestaron y según informe del Área Comercial se registra una abultada deuda (fs. 33/37);

Que cabe mencionar que las prohibiciones contempladas en los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso tienen una directa relación con el deber de pago y de ocupación que constituyen una obligación jurídica derivada del reglamento y del boleto suscripto, de cumplimiento forzoso y necesario por parte del titular adjudicatario y cuya consecuencia se sanciona con la desadjudicación tal cual lo prevé el mismo cuerpo de normas;

Que en consecuencia, aconseja el dictado de la resolución que desadjudique y rescinda el boleto por aplicación de los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, disponiendo el lanzamiento por el procedimiento de ley. Se notificará al domicilio contractual y por edictos, y se aguardarán los plazos en Meza de Entradas;

Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.

de la Ley 6690;

EL DIRECTOR PROVINCIAL

DE VIVIENDA Y URBANISMO

R e s u e l v e :

ARTICULO 1º: Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: EDIF. C – 02 - 104 – (4D) – Nº de Cuenta 0309-0104-1 – Plan Nº 0309 - 280 VIVIENDAS - Barrio Don Bosco - Santa Fe – Dpto. La Capital, a los señores Gonzalez, María Cecilia de los Milagros (D.N.I. N° 16.523.454) y Merz, Jorge Eugenio (D.N.I. N° 12.884.826) por aplicación de los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso, dándose por rescindido el Boleto de Compra-venta oportunamente suscripto y por modificada en tal sentido la Resolución Nº 2417/90.-

ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581 homologada por Ley Provincial Nº 11.102 que expresa:

Quedan facultados los...

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