Resolucion Nº 203 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 118
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 16 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la ampliación propiciada para el co-
rrecto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 8 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al N° 399/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° AMPLIAR el Fondo Permanente “D” –BANCO DE LA GEN-
TE– de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, hasta la suma
de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.0000), con límite para cada pago
hasta diez (10) veces el valor del índice 1 jado por el artículo 11 de la Ley
N° 10155 del que será responsable el Titular del Servicio Administrativo del
citado Organismo.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, a
Contaduría General de la Provincia y al Servicio Administrativo de la Secre-
taría de Equidad y Promoción del Empleo, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 203
Córdoba, 15 de Junio de 2016
VISTO: El expediente 0184-125295/2016 en que el Ministerio de Gobierno propicia una readecuación del Presupuesto General en vigencia de la
Administración Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ley 10.347 se aprueba el Acuerdo federal suscripto el 13 de abril del 2016 entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y los Municipios y
Comunas.
Que por tal motivo es necesario habilitar en el Ministerio de Gobierno, Jurisdicción 1.10, el Programa N° 115 “Fondo Para La Construcción, Reparación,
Mejora y/o Ampliación de Redes De Agua Potable, Gas Natural, Cloacas y/o Desagües” y consecuentemente darle el reejo presupuestario por el importe
de $ 300.000.000.
Que a tal efecto, este Ministerio se encuentra facultado a efectuar las reestructuraciones necesarias en el Presupuesto General de la Administración
que fueran necesarias para el adecuado cumplimiento del Acuerdo Federal.
Que en virtud de ello se modican las Contribuciones y Erogaciones Figurativas del Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo con los artículos 31 y 110 in ne de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la
operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 365/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º INCORPORAR al Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, en la Jurisdicción 1.10 Ministerio de Gobierno, el Pro-
grama N° 115 “Fondo Para La Construcción, Reparación, Mejora y/o Ampliación de Redes De Agua Potable, Gas Natural, Cloacas y/o Desagües” según
formulario de Descripción de Categoría Programática el que como Anexo I con una foja útil, forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros e INCREMENTAR el Cálculo de Contribuciones y Erogaciones Figurativas del
Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación de Crédito
Presupuestario N° 26 (Recticación) del Ministerio de Gobierno y Documento Modicación de Crédito Presupuestario N°17 (Compensación Interinstitucio-
nal) de este Ministerio los que como Anexo II y III con una foja útil cada uno, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º ADECUAR en el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, la denominación de los Programas a continuación:
Vigente Nueva denominación
105 - Programa de Asistencia Municipal (P.A.M) 105 - Programa de Asistencia Municipal (P.A.M )/ Fondo de Desarrollo Urbano
111 - Fondo infraestructura para municipios y comunas 111 - Fondo infraestructura para municipios y comunas/ Fondo de Desarrollo Urbano
763 - Reparación y construcción de Comisarías 763 - Fondo Para La Descentralización Del Mantenimiento De Móviles Y Edicios Policiales
Del Interior De La Provincia

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