Resolución Nº 2017/GCABA/MSGC/17
Firmantes | Bou Pérez - Mura |
Emisor | Ministerio de Salud |
VISTO:
La Ley Nacional N° 22.431, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (Texto
consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 795/GCBA/07, la Resolución Conjunta
N° 1/MSGC-MDSGC/15, la Resolución N° 852/MSGC/15, el Expediente Electrónico N°
EX-2016-20744391-MGEYA-MSGC, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 795/GCBA/07 estableció en su artículo 1° que el Ministerio de Salud
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires emitirá los Certificados de
Discapacidad (CUD), previstos en la Ley Nacional N° 22.431 para las personas con
discapacidad que residan en la jurisdicción mencionada, cumpliendo dicha función a
través de los establecimientos asistenciales que al efecto establezca dicho Ministerio y
con los profesionales que designe;
Que mediante el artículo 2° del referido Decreto se facultó al Ministerio de Salud a
dictar normas de procedimiento y aprobar los requisitos y documentos necesarios para
el cumplimiento de la tarea encomendada;
Que mediante Resolución Conjunta N° 1/MSGC-MDSGC/15 se ha aprobado el
Procedimiento Administrativo de Otorgamiento del Certificado Único de Discapacidad
(CUD), siendo aplicables para el mismo los formularios aprobados por la Resolución
N° 852/MSGC/15;
Que conforme el artículo 4° de la citada Resolución Conjunta se estableció que la
evaluación interdisciplinaria y la emisión de los Certificados Únicos de Discapacidad
estarán a cargo del Departamento de Rehabilitación perteneciente al Ministerio de
Salud, y se efectúan únicamente en el Centro Integral de Evaluación y Orientación de
la Discapacidad, o el lugar que en el futuro lo reemplace;
Que por la actuación citada en el visto tramita el Recurso Jerárquico interpuesto por el
Sra. Susana Obdulia Pedreira, DNI N° 5.214.104, en virtud de lo previsto en el artículo
112 y concordantes de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1.510/97 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), contra los términos de la Disposición
N° 62/DGHOSP/17;
Que a través del acto administrativo referido, la Dirección General de Hospitales, en
calidad de superior jerárquico del Centro Único de Evaluación y Orientación de la
Discapacidad, desestimó el recurso de reconsideración...
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