Resolucion Nº 20 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 95
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 13 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
y Mutualismo Educacional en todos los Niveles y Modalidades del Sistema
Educativo de la Provincia de Córdoba.
Art. 2°. FINANCIAR las erogaciones que demanden la ejecución de
las acciones pertinentes con los recursos correspondientes a las Subse-
cretarías de Promoción de Igualdad y Calidad Educativa dependiente del
Ministerio de Educación y de Cooperativas y Mutuales dependiente del
Ministerio de Industria, Comercio y Minería. En el caso que corresponda
imputar los mismos al “Fondo Provincial para la Educación y Desarrollo del
Sector Cooperativo”, se deberá contar con la aprobación previa del Consejo
Asesor Cooperativo y conforme con lo prescripto en la Ley N° 7734.
Art. 3°. EL Ministerio de Educación a través del Departamento de Coo-
perativismo y Mutualismo Educacional de la Subsecretaría de Promoción
de Igualdad y Calidad Educativa, llevará el registro de las Cooperativas
y Mutuales Escolares. Por su parte, la Subsecretaría de Cooperativas y
Mutuales dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Minería ten-
drá a su cargo el registro especial de las Cooperativas Escolares Juveni-
les, previa aprobación del Departamento de Cooperativismo y Mutualismo
Educacional de los proyectos pedagógicos presentados.
Art. 4°. EL Ministerio de Educación delegará el otorgamiento de la Per-
sonería Escolar a la Subsecretaría de Promoción de la Igualdad y Calidad
Educativa -Departamento de Cooperativismo y Mutualismo Educacional-.
Art. 5°. Para que una Cooperativa y/o Mutual Escolar se encuentre
en condiciones de ser registrada y obtener su correspondiente personería
escolar, deberá cumplir con los requisitos que a continuación se detallan:
a) Presentación del Proyecto.
b) Copias (por duplicado) del acta de Asamblea Constitutiva y autori-
dades del Consejo de Administración.
c) Lista de Asociados.
Art. 6°. LA denominación de cada cooperativa escolar deberá ir acom-
pañada de la leyenda “Proyecto Pedagógico”.
Art. 7°. DEJAR sin efecto la Resolución 157/08 suscripta entre los Mi-
nisterios de Desarrollo Social y de Educación.
Art. 8°. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y Archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION / ROBERTO HUGO
AVALLE, MINISTRO DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE EDUCACION
Resolución N° 352
Córdoba,6 de mayo de 2016
VISTO: Las actuaciones presentadas por la Coordinadora Académi-
ca de la Fundación Sociedades Complejas, Lic. Andrea G. Kaplan, en las
que se solicita declarar de Interés Educativo al II Congreso Internacional
sobre Problemáticas en Educación y Salud: “Urgencias subjetivas: niños
y docentes dispersos, aburridos, solos”, que se llevará a cabo los días 16,
17 y 18 de junio del corriente año, en la Sede de la Facultad de Ciencias
Económicas de la Universidad de Buenos Aires.
Y CONSIDERANDO:
Que entre sus objetivos, se propone brindar un espacio para el abor-
daje y reexión sobre lenguajes y modos de vincularse de niños y adoles-
centes en el actual contexto de transformación tecnológica de la sociedad.
Que en dicha jornada se discutirán herramientas teóricas de interven-
ción ecaz en situaciones de crisis o rupturas que atraviesan los niños y
jóvenes, profundizando especialmente sobre los roles que deben cumplir
los adultos en dichos procesos.
Que el mismo está destinado a docentes, directivos, orientadores es-
colares, psicopedagogos, psicólogos y estudiantes de carreras anes.
Que la Fundación Sociedades Complejas cuenta con una amplia tra-
yectoria, proyectando trabajos de investigación sobre Educación y Salud
en numerosos eventos regionales e internacionales.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Mi-
nisterial Nº 118/06 ;
L A S E C R E T A R I A D E E D U C A C I Ó N
R E S U E L V E:
Art. 1º. DECLARAR de Interés Educativo II Congreso Internacional so-
bre Problemáticas en Educación y Salud: “Urgencias subjetivas: niños y
Docentes dispersos, aburridos, solos”, organizado por la Fundación Socie-
dades Complejas, que llevará a cabo los días 16, 17 y 18 de junio del
corriente año, en la Sede de la Facultad de Ciencias Económicas de la
Universidad de Buenos Aires..
Art. 2º. PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en
el Boletín Ocial y archívese
FDO: PROF. DELIA M. PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 351
Córdoba,6 de mayo de 2016
VISTO: Las actuaciones presentadas por la Secretaria Académica de
la Fundación Sociedades Complejas, Lic. Yanina Ruth Berezán, y por la
Rectora del Instituto Superior Particular Incorporado N° 4005 “Santísimo
Rosario”, Prof. Analía María del Lujan Ruggeri, ambas entidades estableci-
das en la ciudad de Rosario-Provincia de Santa Fe; en las que se solicita
declarar de Interés Educativo al II Congreso Regional de Educación y Sa-
lud: “Crecer y aprender en contextos digitales”, que se llevará a cabo los
días 13 y 14 de mayo del corriente año, en el Salón de Actos del Colegio
Santísimo Rosario de la mencionada ciudad;

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