Resolución N° 20 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Noviembre de 2021 |
Emisor | SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA |
Fecha de la disposición | 30 de Agosto de 2021 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 239
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 18 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
minación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución
de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, el Dictamen N° 0496/2019 del Área Jurídica de este Ministerio,
lo aconsejado a fs. 231 por la Dirección General de Asuntos Legales y en
uso de las atribuciones conferidas por Decreto 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- RATIFICAR la Resolución N° 0024/2019 de la Dirección General
de Institutos Privados de Enseñanza, la que compuesta de una (1) foja útil, se
adjunta y forma parte del presente instrumento legal, por la que se aprueban
las modicaciones del Plan de Estudios de la Carrera “Tecnicatura Superior en
Finanzas” -Opción Pedagógica a Distancia, de tres (3) años de duración, que
otorga el título de “Técnico Superior en Finanzas”, en el Establecimiento Privado
Adscripto Instituto Superior “SABER” -Nivel Superior- de Capital, por el término
de (2) dos cohortes consecutivas, a saber: 2019 y 2020.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
secRetaRía legal y técNica
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN
OPERATIVA
Resolución N° 20
Córdoba, 30 de agosto de 2021
VISTO: El expediente Nº 0027-079703/2021.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona, mediante el proce-
dimiento de selección de subasta electrónica inversa – Cotización N°
2021/000031, la adquisición de equipamiento informático para Municipios
– Programa 168 “Innovación y Modernización de Municipios y Comunas”.
Que se ha autorizado la presente contratación por encuadrar en las
disposiciones del Artículo 2° de la Resolución N° 294/2021 de la Secretaría
General de la Gobernación.
Que a tales nes se procedió a efectuar el llamado a participar del
mencionado procedimiento de selección, con información a los proveedo-
res de las condiciones de contratación, a través de su publicación en el
Boletín Ocial y en el Portal Web Ocial de Compras y Contrataciones,
conforme lo establece el Artículo 8 Punto 8.2.2.2.1 del Decreto N° 305/14
reglamentario de la Ley N° 10.155.
Que nalizada la subasta y efectuado el periodo de lances en el lapso
establecido en el llamado, electrónicamente se generó un Acta de Prela-
ción, en los términos del Artículo 8.2.2.4.1, con detalle de las ofertas re-
cibidas, con los nombres de los proveedores que participaron en dicha
subasta e importes ofertados, de la cual surge que se presentaron las r-
mas ARIAS EZEQUIEL GONZALO MARTIN, GAITAN PABLO ALBERTO y
NORTH COMPUTERS S.R.L.
Que a fs. 18 obra Constancia de Noticación cursada a la rma ARIAS
EZEQUIEL GONZALO MARTIN, por medio de la cual se le notica que ha
quedado en el primer lugar en el orden del Acta de Prelación y se la empla-
za a los nes de que presente la documentación requerida para considerar
rme la oferta económica realizada.
Que habiendo incor porado el oferente la documentación, conforme al
emplazamiento que les fuera cursado, la Jefatura de Área Tecnología de
esta Dirección General, indica que los equipos ofrecidos no cumplen con
algunas especicaciones técnicas solicitadas.
Que obra en autos Constancia de Noticación a la rma ARIAS
EZEQUIEL GONZALO MARTIN, por la que se le hace saber que, corres-
ponde el rechazo de su oferta en los términos de la causal de rechazo
establecida por el artículo 21 inciso f) del Pliego de Condiciones de Con-
tratación –Generales y Particulares-.
Que se encuentra agregada Constancia de Noticación cursada a GAI-
TAN PABLO ALBERTO, segundo en el acta de prelación mediante la cual
se le informa que, atento haberse rechazado la oferta del primer oferente,
se lo intima para que presente la totalidad de la documentación requerida
por los pliegos que rigen la contratación.
Que a fs. 24 se le hace saber a la mencionada rma que su oferta
económica se considera desistida en virtud de lo dispuesto por el artículo
23 del Pliego de Condiciones de Contratación- Generales y Particulares.
Que se encuentra incorporada noticación efectuada a la rma NOR-
TH COMPUTERS S.R.L. (a fs. 25) - tercera en el acta de prelación - ha-
ciéndole saber que, habiéndose rechazado la oferta del segundo oferente,
deberá presentar la totalidad de la documentación requerida por los plie-
gos que rigen la contratación.
Que la rma NORTH COMPUTERS S.R.L. agrega documentación reque-
rida, dando cumplimiento con lo estipulado en los pliegos, según lo informado
por la Jefatura de Área Tecnología de esta Dirección General a fs. 28.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado a fs. 35/36,
lo prescripto por los artículos 6 inciso b), 8, 21, 22 y 11 de la Ley Nº 10.155
este último en concordancia con el artículo 40 de la Ley N° 10.723, lo dis-
puesto por el Decreto N° 305/14 y modicatorios -reglamentario de la Ley
N° 10.155-, de acuerdo con lo informado por la Jefatura de Área Contrata-
ciones a fs. 32, la Orden de Compra N° 2021/000090 confeccionada por el
Área Administración - ambas de esta Dirección General - y de acuerdo con
lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción Asuntos Legales de este
Ministerio al N° 393/2021,
LA DIRECTORA GENERAL DE
COORDINACIÓN OPERATIVA
RESUELVE:
Artículo 1º RECHAZAR la oferta presentada por la rma ARIAS
EZEQUIEL GONZALO MARTIN, C.U.I.T. N° 20-34909270-1, para la Su-
basta Electrónica Inversa – Cotización N° 2021/000031, en virtud de lo
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