Resolucion Nº 2.594

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2014

RESOLUCION Nº 2.594

Mendoza, 26 de setiembre de 2014

Visto el expediente 292-H-13-05474, en el cual se solicita declarar incobrables diversas facturas de la Obra Social de Ceramistas de la República Argentina, adeudadas al Hospital "Dr. Héctor E. Gailhac", y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado, obran facturas adeudadas al mencionado Hospital, durante el período año 1998 al año 2000;

Que con el objeto de ordenar y unificar criterios en materia de procedimientos a adoptar, para el tratamiento de las deudas originadas por prestaciones realizadas en los efectores del Ministerio de Salud a Obras Sociales, de Medicina Prepaga y Compañías de Seguros, se dictó la Resolución N° 3157/08 del Ministerio de Salud, mediante la cual se permitió depurar los registros de incobrabilidad. En tal sentido los montos adeudados no justifican su gestión de cobro administrativo o judicial, por resultar los mismos antieconómicos por su importe, en relación al costo-beneficio, tal como lo dispone la norma precedentemente citada;

Que en el Art. 26° - Párrafo 2 de la Ley de Contabilidad, se establece que las sumas a cobrar por los órganos administrativos, una vez agotadas las gestiones de recaudación, se deberán considerar incobrables por el Poder Ejecutivo.

Por ello, en razón de lo aconsejado por la Dirección General de Administración y los dictámenes de la Subdirección de Asesoría Legal del Ministerio de Salud y de la Fiscalía de Estado y lo dispuesto por Decreto-Acuerdo N° 1065/13.

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 2°

Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y archívese.

Matías E. Roby

ANEXO

Expediente

Compañía

Factura

Fecha

Importe

292-H-13-05474

De Ceramistas de

000939

29-09-98

15,00

la República

001239

08-03-99

56,00

Argentina

001277

0...

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