Resolucion Nº 2.800/2008

EmisorDir. Personas Juridicas
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2008

RESOLUCION Nº 2.800/2008

Mendoza, 18 de diciembre de 2.008

Vistos: El expediente Nro. 275-U-2008, caratulados "Unión Vecinal Barrio Parque p/Irregularidades", como también las disposiciones de los arts. 4 inc. g) y sgtes. de la Ley 5069.-

CONSIDERANDO:

Que de la presente causa surge que la Union Vecinal Barrio Parque viene atravesando una situación de irregularidad desde hace mucho tiempo; sin perjuicio de que subsiste la voluntad, de asociados de reorganizar contable e institucionalmente la entidad.-

Que a fs.1 y 2, se presentan acreditando calidad de socios, los Sres. Victor A. Bunster, Frigerio, Francisco Olivera y Leonardo Malanca, denunciado irregularidades contables e institucionales en la entidad.-

Que a fs. 9, el Departamento de Inspecciones de esta Dirección, informa que la entidad adeuda la presentación de memorias, balances e informes de la Comisión Revisora de Cuentas por los ejercicios cerrados desde el 31/10/2002 hasta el 31/12/2007, su tratamiento en asamblea de socios, y la renovación total de sus autoridades.-

Que a fs. 10,la Sra. Subdirectora de Personas Jurídicas, ordena correr traslado de la denuncia a los denunciantes, por el término y bajo apercibimiento de lo previsto en la resolución 1080/04.-

Que a fs. 11 rola cédula cursada a la comisión directiva.-

Que a fs. 12 asesoría legal sugiere emplazar a la comisión directiva de la entidad a cumplir con la documentación adeudada.-

A fs. 13, consta cedula de notificación respectiva.-

Que a fs. 15 se ordena nuevamente y por última vez emplazar a la comisión directiva a regularizar su situación por ante esta Dirección y a fs. 16/22 obran cedula de notificación a todos los miembros de la comisión, sin respuesta alguna.-

Como se puede apreciar la entidad, carece de autoridades en ejercicio de funciones, o que cumplan con los reiterados emplazamientos cursado, revelando desinterés por la Institución.-

Que existen asociados de la entidad que han manifestado su voluntad de reencauzar la vida institucional de la misma.-

Que en

razón de ello y con el fin de proteger

la independencia que debe regir la vida de las entidades, dejando en manos de los asociados o ciudadanos la posibilidad de reconducir la entidad.-

De conformidad a las facultades conferidas a esta Dirección, por el artículo 5 inc. f de la Ley...

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