Resolución N° 2 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor20 de Agosto de 2021
EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 171
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 20 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Que a Fs. 168 obra informe de la Junta de Categorización y Auditacíon
de Prestadores de Servicios para Personas con Discapacidad, donde decide
otorgar a la entidad CENTRO DE DIA SANTO TOMAS CATEGORIA “C” PRO-
VISORIA para el Servicio Centro de Día Jornada Simple, Turno mañana. Cupo
Provisorio máximo admitido 30 beneciarios. Por el termino de 1 (un) año, des-
de el acto administrativo y acorde a la Resolución N° 1162/2020.-
Que obran en las presentes actuaciones guías e informes de auditoría
con las que fuera evaluado el mencionado establecimiento.
Por ello, en uso de sus atribuciones Resolución N° 238/2016 y lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales bajo
N° 418/2021.-
LA SUBSECRETARIA DE DISCAPACIDAD, REHABILITACIÓN E
INCLUSIÓN
RESUELVE:
1°.- CATEGORÍZASE Por el termino de 1 (un) año, a la institución
denominada CENTRO DE DIA SANTO TOMAS propiedad de ST
SALUD S.A.S., CUIT N° 30-71604484-6, ubicado en la calle Cavalan-
go N° 4339, Barrio Empalme de la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba. CATEGORIA “C” PROVISORIA, para el Servicio Centro de
Día Jornada Simple, Turno Mañana. Cupo Provisorio máximo admitido
30 beneficiarios.-
2°.- NOTIFÍQUESE al Representante Legal de la Institución.-
3°.- INSCRÍBASE en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios
para la atención a Personas con Discapacidad del Sistema Único.-
4°.- PROTOCOLÍCESE, dese a la Dirección Nacional del Registro O-
cial, al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con
Discapacidad, a la Comisión Provincial del Discapacitado, comuníquese,
publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese y archívese.-
FDO.: MARIA TERESA PUGA, SUBSECRETARIA DE DISCAPACIDAD, REHABILI-
TACION E INCLUSION
Resolución N° 2
Córdoba, 07 de mayo de 2021
VISTO: El Expediente Nro. 0425-412843/2021 en el que la institución CEN-
TRO DE REHABILITACION FARFALINA, propiedad de DRAGUA S.A.S.,
CUIT N° 3-71651197-5, solicita categorizar el Servicio de Rehabilitación
Nivel 1 – Bajo Riesgo.-
Y CONSIDERANDO:
Que la mencionada institución, cuenta con un estableci-miento
ubicado en la calle Tucumán N° 1195, Barrio Cofico de la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba.
Que a Fs. 141 la Junta de Categorización y Auditación de Prestadores
de Servicios para Personas con Discapacidad, informa que no se efectua-
ran auditorias en terreno en virtud de no poder completarse las guías de
la Normativa vigente Marco Básico, ya que estas evalúan la calidad del
trabajo presencial y en este momento las instituciones se ven restringidas
de realizarlo plenamente, en virtud del actual contexto sanitario.
Que por Resolución N° 1162/2020 de la Presidente del DIREC-
TORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCION
INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD de la
AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, establece Normas Marco
de Procedimiento para el otorgamiento de Categorización de Presta-
dores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad, en el
marco de la Emergencia Sanitaria.-
Que a Fs. 142 obra informe de la Junta de Categorización y Audi-
tacíon de Prestadores de Servicios para Personas con Discapacidad,
donde decide otorgar a la entidad CENTRO DE REHABILITACION
FARFALINA CATEGORIA PROVISORIA para el Servicio de Rehabilita-
ción Nivel 1 - Bajo Riesgo en las siguientes Prestaciones: Consultorio
medico, Consultorio medico Especialista, Terapia Física, Psicología,
Fonoaudiología, Psicomotricidad, Psicopedagogía y Servicio Social.
Por el termino de 1 (un) año, desde el acto administrativo y acorde a la
Resolución N° 1162/2020.-
Que obran en las presentes actuaciones guías e informes de audi-
toría con las que fuera evaluado el mencionado establecimiento.
Por ello, en uso de sus atribuciones Resolución N° 238/2016 y lo dic-
taminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales bajo N°
661/2021.-
LA SUBSECRETARIA DE DISCAPACIDAD, REHABILITACIÓN E
INCLUSIÓN
RESUELVE:
1°.- CATEGORÍZASE Por el termino de 1 (un) año, a la insti-
tución denominada CENTRO DE REHABILITACION FARFALINA, pro-
piedad de DRAGUA S.A.S., CUIT N° 3-71651197-5, ubicado en calle
Tucumán N° 1195, Barrio Cofico de la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba. CATEGORIA PROVISORIA, para el Servicio de Rehabili-
tación Nivel 1 - Bajo Riesgo en las siguientes Prestaciones: Consulto-
rio médico, Consultorio médico Especialista, Terapia Física, Psicología,
Fonoaudiología, Psicomotricidad, Psicopedagogía y Servicio Social.
2°.- NOTIFÍQUESE al Representante Legal de la Institución.-
3°.- INSCRÍBASE en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios
para la atención a Personas con Discapacidad del Sistema Único.-
4°.- PROTOCOLÍCESE, dese a la Dirección Nacional del Registro O-
cial, al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con
Discapacidad, a la Comisión Provincial del Discapacitado, comuníquese,
publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese y archívese.-
FDO.: MARIA TERESA PUGA, SUBSECRETARIA DE DISCAPACIDAD, REHABILI-
TACION E INCLUSION

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