Resolución N° 1990/SSGRH/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición24 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 1990/SSGRH/18
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2018
VISTO:
La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666) y el Expediente Electrónico N°
19970776/MGEYA-DGPDS/2018, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el artículo 64 inc. a) de la Ley N° 471, la relación de
empleo público se extingue por renuncia del trabajador;
Que en tal sentido, el artículo 65 de la citada normativa establece que "en caso de
renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse
dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo
de personal y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";
Que según surge del expediente citado en el Visto, el agente Gonzalo Daniel Sosa,
CUIL. 20-33309251-5, presentó su renuncia a partir del día 17 de julio de 2018, a la
Gerencia Operativa Protección de Derechos, de la Dirección General de Protección y
Desarrollo Sostenible, de la Secretaría de Inclusión Social para Personas Mayores, del
Ministerio de Hábitat e Inclusión;
Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia ha superado el
plazo establecido en la ley para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que,
por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de los
prescripto en el artículo 65 de la ley N° 471;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE
Artículo 1º.- Téngase por aceptada a partir del día 17 de julio de 2018, la renuncia
presentada por el agente Gonzalo Daniel Sosa, CUIL. 20-33309251-5, a la Gerencia
Operativa Protección de Derechos, de la Dirección General de Protección y Desarrollo
Sostenible, de la Secretaría de Inclusión Social para Personas Mayores, del Ministerio
de Hábitat e Inclusión, deja partida 4516.0420.GGU.MED.05.GGU.0906, en el marco
de lo establecido en el artículo 65 de la Ley N° 471, destacándose que mediante
Resolución N° 1201/MHYDHGC/2017, se encontraba usufructuando una licencia sin
goce de haberes a partir del 17 de julio de 2017 y por el término de un (1) año, de
conformidad con lo establecido por el Decreto N° 1550/2008 y su modificatorio.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Administración y
Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de esta Subsecretaria de
Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas y a la
Dirección General de Protección y Desarrollo Sostenible, de la Secretaría de Inclusión
Social para Personas Mayores, del Ministerio de Hábitat e Inclusión, la que deberá
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5484 - 24/10/2018

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