Resolución N° 199 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 5 de Junio de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVII - Nº 123 CÓRDOBA, 1° de Julio de 20158
Resolución N° 191 - Letra:A Córdoba, 29 de Mayo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118173/2015 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“INSTITUTO HIJAS DE MARIA INMACULADA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea Ordinaria con
fecha 10 de Abril de 2015.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Asamblea Ordinaria, celebrada con fecha 10 de Abril de 2015
por la Entidad Civil denominada “INSTITUTO HIJAS DE MARIA INMACULADA”, CUIT N° 30-
53760304-2, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió
la Reforma del Estatuto, modificando el Artículo 5°, en procura de mejorar el funcionamiento de la
Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer
párrafo- y concordantes delCódigo Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada en Asamblea Ordinaria,
celebrada con fecha 10 de Abril de 2015, modificando el Artículo 5° de la Entidad Civil denominada
“INSTITUTO HIJAS DE MARIA INMACULADA”, CUIT N° 30-53760304-2, con asiento en la
Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Decreto N° 2678 “A”
del 25 de Noviembre de 1964.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
vuelva al Area de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 195 - Letra:A Córdoba, 3 de Junio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118707/2015 mediante el cual la Entidad Civil denominada “CLUB
ATLETICO A.M.SU.R.R.BA.C. Asociacion Mutual del Sindicato Unico de Recolectores de Residuos
y Barridos de Córdoba”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “CLUB ATLETICO
A.M.SU.R.R.BA.C. Asociacion Mutual del Sindicato Unico de Recolectores de Residuos y Barridos
de Córdoba”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 198 - Letra:A Córdoba, 5 de Junio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115199/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada “GRUPO
LITERARIO TARDES DE LA BIBLIOTECA SARMIENTO ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la
Ciudad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “GRUPO LITERARIO
TARDES DE LA BIBLIOTECA SARMIENTO ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Ciudad de Villa
Dolores, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 200 - Letra:A
Córdoba, 5 de Junio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115559/2014, me-diante el cual la Entidad Civil denominada
“CENTRO ORTODOXO”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en Asamblea General Extraordinaria con fecha
01 de Noviembre de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales,
estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Extraordinaria, celebrada con fecha 01 de
Noviembre de 2014 por la Entidad Civil denominada “CENTRO ORTODOXO”, CUIT N° 30-
54696871-1, con asiento en la Ciudad de Cór-doba, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió
la Reforma del Estatuto, modificando los arts. 5°, 16, 18, 68 y 77, en procura de mejorar el funciona-
miento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer
párrafo- y concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
corre-lativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto Social, sancionada en Asamblea General
Extraordinaria, celebrada con fecha 01 de Noviembre de 2014, modificando los arts. 5°, 16, 18, 68
y 77 de la Entidad Civil denominada “CENTRO ORTODOXO”, CUIT N° 30-54696871-1, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Decreto N° 5853 “A”
del 08 de Marzo de 1920.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
vuelva al Area de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 199 - Letra:A
Córdoba, 5 de Junio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118184/2015 me-diante el cual la Entidad Civil denominada
“SOCIEDAD PATRONATO DE LA INFANCIA DE VILLA MARIA”, con asiento en la Ciudad de Villa
María, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Reglamento, dispuesta en
Asamblea General Ordinaria con fecha 27 de Marzo de 2015.-
DIRECCIÓN DE
INSPECCN DE PERSONAS JURÍDICAS

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