Resolución N° 199 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 22 de Junio de 2022 |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS |
Fecha de la disposición | 16 de Junio de 2022 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXC - Nº 124
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 22 DE JUNIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- DECLÁRANSE en rezago y, en consecuencia, DISPÓ-
NESE la baja patrimonial de los bienes muebles detallados en la Planilla
que como Anexo I compuesta de cinco (5) fojas se acompaña y forma parte
integrante del presente instrumento legal, por dejar de tener utilidad para la
Dirección de Vivienda según informe técnico obrante en autos.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase a la Dirección de Jurisdicción Económico Financiero y de
Administración de la Dirección de Vivienda y a la Contaduría General de la
Provincia a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 199
Córdoba, 16 de junio de 2022
Expediente Nº 0620-001535/2022 – Cuerpos I y II.-
VISTO: este expediente en el que constan las actuaciones relacionadas
con la contratación de los trabajos en: “ESTABLECIMIENTO: “CENTRO
EDUCATIVO MANUEL BELGRANO” – OBRA: CONSTRUCCIÓN NUEVO
EDIFICIO – LOCALIDAD: CÓRDOBA – DEPARTAMENTO: CAPITAL –
PROVINCIA: CÓRDOBA” - PROGRAMA AURORA.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos nota del señor Secretario de Gestión Administrativa
del Ministerio de Educación instando el presente trámite a los nes de la
autorización correspondiente para la ejecución de la obra de referencia, de
conformidad a las previsiones del Decreto Nº 100/2017.
Que se ha agregado en las presentes actuaciones documentación téc-
nica compuesta por: Memoria Descriptiva, Memoria de Situación Actual,
Registro Fotográco, Croquis, Estudio de Suelo para Fundaciones, Pliego
de Especicaciones Técnicas Generales para Infraestructura Escolar de la
Provincia de Córdoba, Pliego de Especicaciones Técnicas Particulares,
Cómputo General Obra Nueva y Presupuesto, Presupuestos Detallados,
Factores de Costos del Presupuesto (Decreto N° 800/2016), Plan de Avan-
ce y Curva de Inversión, Análisis de Precios Planos e Informe Complemen-
tario de Estudio de Suelo para Fundaciones, suscriptos por la Dirección
General de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación.
Que, en la mencionada Memoria de Situación Actual, se expresa que
“La construcción del edicio se inició en el 2019, y en el 2020 se realizó la
rescisión de contrato, quedando el edicio a un 25% de su construcción.”,
asimismo señala que “Se realizaron los trabajos preliminares, demolicio-
nes, excavaciones, movimiento de suelo. También se realizaron las fun-
daciones, tanto de pilotes como vigas, columnas de planta baja, gran par-
te del contrapiso, y mampostería en el sector de aulas.”, siendo exclusiva
responsabilidad de la repartición de origen, incorporar la documentación
técnica necesaria a los nes de acreditar que los trabajos detallados no se
superponen con aquellos ejecutados oportunamente.
Que, de la documentación incorporada en autos, surge que el Presu-
puesto Ocial asciende a la suma de $ 262.606.931,28, calculado al mes
de mayo de 2022 y que el plazo total de ejecución de obra es de quinientos
cuarenta (540) días.
Que, mediante informe técnico, el Secretario de Arquitectura, junto
a la Directora General de Proyectos y la Jefatura de Área Gestión Ad-
ministrativa, otorgan visto bueno a la documentación obrante en autos,
entendiendo que el proyecto elaborado resulta correcto desde el punto
de vista técnico, manifestando que puede servir de base para la con-
tratación de los trabajos propiciados.
Que habiendo tomado intervención el Área de Estudio de Costos de
la Secretaría de Arquitectura, evalúa el presupuesto de obra, advirtiendo
que con valores en el mes de mayo del 2022 “…No presenta variaciones
signicativas con los precios que esta area maneja”.
Que conforme lo previsto en el artículo 3 del Decreto Nº 180/2008, el
Ministerio de Educación deberá respetar las disposiciones de la Ley de
Obras Públicas Nº 8.614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10.417
y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en
relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la
presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública a los
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I del Decreto N° 1.419/2017.
Que obra Dictamen Nº 222/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las
disposiciones de la Ley Nº 8.614, modicada por Ley Nº 10.417, Decretos
Reglamentarios Nº 4.757/77, Nº 4.758/77 y Decreto N° 100/2017 entiende
que atento que la obra supera el índice dos mil (2000) resulta oportuno dic-
tar el instrumento legal por el cual se apruebe su ejecución, como también
maniesta expresamente que se deberá dar cumplimiento a la precitada
normativa a lo largo de todo el procedimiento, en especial a lo dispuesto en
el artículo 7 del Decreto Nº 1.419/2017, con la observación allí formulada.
Asimismo, se advierte que no obra en autos informe dominial a través del
cual se acredite titularidad del inmueble, debiendo la repartición de origen
observar los extremos legales necesarios para dar cumplimiento a lo dis-
puesto del artículo 3º de la Ley Nº 8.614.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
222/2022 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos
los trabajos en: “ESTABLECIMIENTO: “CENTRO EDUCATIVO MANUEL
BELGRANO” – OBRA: CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO – LOCALI-
DAD: CÓRDOBA – DEPARTAMENTO: CAPITAL – PROVINCIA: CÓRDO-
BA” - PROGRAMA AURORA, conforme la documentación técnica com-
puesta por: Memoria Descriptiva, Memoria de Situación Actual, Registro
Fotográco, Croquis, Estudio de Suelo para Fundaciones, Pliego de Espe-
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