Resolución Nº 198/GCABA/SSREGIC/17
Firmantes | Cruz |
Emisor | SUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO |
VISTO:
El Expediente N° 27.295.441/2016, por el que se consulta sobre el proyecto de "Obra
Nueva" con destino "Oficinas" a materializarse en el predio sito en la calle Suipacha
942/44/46, y;
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión, está afectado a un Distrito C2 de Zonificación General del
Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449, texto ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-
2007 (BOCBA N° 2.772);
Que la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana de la Dirección
General de Interpretación Urbanística, mediante Informe N° 10589722-DGIUR-2017,
hace saber que para el presente caso, resulta de aplicación lo dispuesto en el Articulo
10.1.4 "Proximidad a Edificios y Lugares Declarados Monumentos Históricos o con
Valor Patrimonial para la Ciudad", el Capítulo 4.10 "Completamiento de Tejido", toda
vez que cuenta con un edificio lindero en altura, cumpliendo con las condiciones
previstas para hacer lugar a lo solicitado, según el Artículo 4.10.2 "Parcelas
flanqueadas por edificios de Distintas Alturas" del Código de Planeamiento Urbano;
Que para el pertinente análisis se adjuntó documentación gráfica mediante PLANO-
4186721-DGROC-17 del N° de orden 51 del Expediente Electrónico (EE), consistente
en: Plantas, cortes y vistas; en RE-2017-04186715-DGROC del N° de orden 50:
Axonometría del proyecto con su integración en el entorno; en RE-2016-27295181-
DGROC del N° de orden 14: Relevamiento de muros medianeros; y mediante RE-
2017-04186716-DGROC del N° de Orden 46: Relevamiento Fotográfico; y
Documentación complementaria de consulta interna del sistema "Parcela Digital
Inteligente" (PDI);
Que se trata de la parcela intermedia N° 14, situada en la manzana delimitada por las
calles Suipacha, Paraguay, Carlos Pellegrini y Marcelo T. De Alvear;
Que dicha parcela posee 12.77m de frente, una profundidad de 27.26m sobre uno de
sus lados, y una superficie total de 320,29m2;
Que respecto de la ocupación del suelo admitida, el predio en cuestión no se
encuentra afectado por el trazado de la Línea de Frente Interno de la manzana, la cual
estaría ubicada a una distancia de 29,98m respecto de la Línea Oficial;
Que en cuanto al entorno general, se trata de un área central, de alto nivel de
actividad...
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