Resolución Nº 196/PJCABA/CMCABA/17
Firmantes | Rabinovich |
Emisor | Consejo de la Magistratura |
VISTO:
El Expediente DGCC N° 144/17-0 caratulado "D.G.C.C. s/ Impresión X Concurso de
Trabajo Monográfico en Torno al Código Iberoamericano de Ética Judicial"; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N° 236/2017 (fs. 3/6) la Editorial Jusbaires solicitó la impresión
de mil (1.000.-) ejemplares del libro titulado "X Concurso de Trabajo Monográfico en
Torno al Código Iberoamericano de Ética Judicial" de acuerdo a las especificaciones
que adjuntó. Asimismo, acompañó copia del Acta N° 11 de la Reunión del Consejo
Editorial de donde surge la aprobación de la publicación referida (v. Punto 4.1. del
Acta).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el
presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. del cual se desprende que el monto por la
impresión pretendida asciende a la suma total de cincuenta y seis mil cuatrocientos
noventa pesos ($56.490,00) IVA incluido (fs. 13).
Que a su vez la aludida Dirección General puso de resalto que la firma Eudeba es una
sociedad de economía mixta y que la conformación de su capital social reúne capitales
públicos pertenecientes en este caso a un ente administrativo autárquico como lo es la
Universidad de Buenos Aires. En razón de ello, manifestó que correspondía encuadrar
la presente contratación en el inciso 11 del artículo 28° de la Ley 2095, modificado por
la Ley 4764 (fs. 14 y 17).
Que por su parte, en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General
de Programación y Administración Contable afectó la suma necesaria para afrontar la
contratación en cuestión (v. Constancia N° 857/07 2017 de fs. 15/16).
Que así las cosas, la Editorial Jusbaires prestó conformidad técnica respecto al
presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. (cfr. Memo N° 246/2017 de fs. 21).
Que entonces, la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le
compete y emitió el Dictamen N° 7771/2017. Allí, luego de realizar una reseña de lo
actuado y el análisis jurídico correspondiente concluyó que "no encuentra obstáculo
alguno, desde el punto de vista jurídico, para la continuidad del trámite del presente
expediente" (fs. 27/28).
Que en consecuencia, puesto a resolver, de acuerdo a los antecedentes antes
expuestos, no resta más que aprobar el procedimiento llevado a cabo en la
Contratación Directa N° 46/2017 con la firma Eudeba S.E.M. para la impresión de mil
(1.000.-) ejemplares del libro titulado "X Concurso de Trabajo...
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