Resolución N° 196/MHYDHGC/19

EmisorMinisterio de Hábitat y Desarrollo Humano
Fecha de la disposición11 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 196/MHYDHGC/19
Buenos Aires, 6 de marzo de 2019
VISTO: los Decretos Nº 274/2007, Nº 367/2007 y Nº 144/2009, las Resoluciones Nº
290/MDSGC/2009, 1030/MDSGC/10, Nº 187, 413, 601 y 772/MDSGC/11, Nº 9, 299,
614, 1276 y 1601/MDSGC/12, Nº 421, 1003 y 1411/MDSGC/13, y Nº 184, 381, 527,
628, 739, 831, 937, 1051, 1153-MDSGC-14, 12, 404, 626-MDSGC-15, y las
Resoluciones Nº 138, 639, 1074 y 1418-MHYDHGC-16 y N° 523, 1354- MHYDHGC-
17, y N° 406 y 868-MHYDHGC-18, el Expte. Judicial Nº 26034/0 caratulado "Medina
Benítez, Rosalva y Otros c/ GCBA y Otros s/ Amparo", y el EX-2019-6271919 -
MGEYA-DGDAI y
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado Decreto Nº 274/07 se creó el Programa de Ayuda destinado a
brindar asistencia a las personas y grupos familiares que ocupaban el predio ubicado
en la calle Lacarra, entre las Av. Fernández de la Cruz y Roca, conocido como
Asentamiento AU7, que se incendió el día 8 de febrero de 2007;
Que dicho programa se instrumentó mediante el otorgamiento de subsidios destinados
a contribuir al logro de soluciones habitacionales para las personas afectadas por el
mencionado siniestro;
Que por otra parte, mediante Decreto Nº 367/07 se dispuso destinar un área del
Parque Polideportivo Julio A. Roca para la construcción de viviendas de carácter
transitorio para el alojamiento de las víctimas del siniestro ocurrido el 8/02/2007;
Que posteriormente, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Expediente
Judicial Nº 26034/0 caratulado "Medina Benítez, Rosalva y Otros c/ GCBA y Otros s/
Amparo", se dictó el Decreto Nº 144/09 mediante el cual se ampliaron los alcances del
antes referido programa de ayuda;
Que conforme lo dispuesto por el Art. 3º de dicha normativa, se faculto al entonces
titular del Ministerio de Desarrollo Social a dictar las normas reglamentarias,
aclaratorias y complementarias, como así también, a efectuar de forma fundada
incorporaciones, modificaciones y bajas den la nómina de beneficiarios del programa
de ayuda, a evaluar y resolver situaciones excepcionales y a otorgar eventualmente a
los no beneficiarios ocupantes del predio otros apoyos económicos o subsidios en el
marco de sus competencias; así como para aprobar el modelo d convenio particular a
suscribirse con los beneficiarios;
Que como consecuencia de ello, por Resolución N° 290/MDSGC/09 se aprobó la
reglamentación del programa de ayuda creado por el Decreto N° 274/2007 y su
ampliatorio N° 144/2009, y el Modelo de Convenio Particular a suscribirse con los
beneficiarios de dicho programa;
Que en la Cláusula Tercera de los referidos Convenios Particulares se estableció que
para el caso en que la entrega de la vivienda definitiva por parte del Instituto de la
Vivienda de la Ciudad conforme Ley Nº 1987 se demorare más de dieciocho (18)
meses, el entonces Ministerio de Desarrollo Social mantendrá la prestación en dinero,
en forma proporcional y hasta tanto se haga efectiva aquella entrega, de acuerdo a lo
actuado en el Expediente Judicial antes referido;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5596 - 11/04/2019

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