Resolución Nº 193/GCABA/ERSP/17
Firmantes | Michielotto - Barrera - Goldsack - LaurÃa |
Emisor | F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS |
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 210, la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Contratación de los Servicios de Higiene
Urbana N° 997/2013, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones
del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires aprobado por Resolución del Directorio N° 28/2001 y su modificatoria N°
51/2002, el Acta de Directorio N° 660 del 4 de mayo del 2017, el Expediente N°
3236/EURSPCABA/2015, incorporado al Expediente N° 3234/EURSPCABA/2015,
incorporado al Expediente N° 2886/EURSPCABA/2015, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de
los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,
seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se
realice por la administración central y descentralizada o por terceros para la defensa y
protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del
medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. c) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, por tratarse de un servicio público local, compete al Ente Único el ejercicio de las
funciones enumeradas en el Art. 3° de la Ley N° 210, sin ningún tipo de limitación,
independientemente de la calidad de las normas que integran el marco regulatorio;
Que, el Expediente N° 3236/EURSPCABA/2015 se inicia a raíz de la denuncia
efectuada por la Sra. Sandra Basile en el mes de junio de 2015 por Diseminación de
Restos Verdes, en la denominada Zona 4 a cargo de la empresa Níttida - Ecohábitat
SA y otra UTE;
Que, el Expediente N° 3234/EURSPCABA/2015 se inicia a raíz de la denuncia
efectuada por el Sr. Francisco Sapia, en el mes de junio de 2015 por Omisión de
Levantamiento de Restos Verdes, en la denominada Zona 4 a cargo de la empresa
Níttida - Ecohábitat SA y otra UTE;
Que, el Expediente N° 2886/EURSPCABA/2015 se inicia a raíz de la denuncia
efectuada por el Sr. Francisco Sapia, en el mes de mayo de 2015 por Omisión de
Levantamiento de Restos Verdes, en la denominada Zona 4 a cargo de la empresa
Níttida - Ecohábitat SA y otra UTE;
Que, no genera dudas la calificación como servicio público y la inclusión entre las
prestaciones sujetas al control del ERSP conforme Omisión de Levantamiento de
Restos Verdes, Título Tercero, Anexo II Servicio de Recolección, Punto 6 del Pliego de
Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la
Contratación de los Servicios de Higiene Urbana N° 997/2013;
Que, a fs. 5/8 del Expediente N° 3236/EURSPCABA/2015 obran planilla de denuncia y
la notificación vía correo electrónico. Cumplido el plazo, a fs. 9 se labró el Acta de
Fiscalización N° 129782/ERSP/2015, del día 26/06/2015, la cual expresa que en la
Calle Miranda 5750, se detectaron restos verdes con etiqueta N° 88357;
Que, a fs. 5/7 del Expediente N° 3234/EURSPCABA/2015 obran planilla de denuncia y
la notificación vía correo electrónico. Cumplido el plazo, a fs. 8 se labró el Acta de
Fiscalización N° 128138/ERSP/2015, del día 15/06/2015, la cual expresa que en la
Calle Justo A. Álvarez 7499, se detectó omisión de levantamiento de restos verdes con
etiqueta N° 93545;
Que, a fs. 5/9 del Expediente N° 2886/EURSPCABA/2015 obran planilla de denuncia y
la notificación vía correo electrónico. Cumplido el plazo, a fs. 10 se labró el Acta de
Fiscalización N° 127090/ERSP/2015, del día 01/06/2015, la cual expresa que en la
Calle Antonio Suarez 7400, se detectó omisión de levantamiento de restos verdes con
etiqueta N° 92681;
Que, a fs. 13/14 del Expediente N° 3236/EURSPCABA/2015, a fs. 12/13 del
Expediente N° 3234/EURSPCABA/2015 y a fs. 15/16 del Expediente N°
2886/EURSPCABA/2015, el Área Técnica en sus Informes Preliminares N°
1670/ACA/2015, 1669/ACA/2015 y 1353/ACA/2015 recomienda el inicio del
correspondiente sumario. Consecuentemente, a fs. 18 del Expediente N°
3236/EURSPCABA/2015, a fs. 17 del Expediente N° 3234/EURSPCABA/2015 y a fs.
20 del Expediente N° 2886/EURSPCABA/2015 la Asesoría Legal de Sumarios y
Contencioso dispuso la apertura del sumario, notificando a fs. 21 del Expediente N°
3236/EURSPCABA/2015, a fs. 20 del Expediente N° 3234/EURSPCABA/2015 y a fs.
23 del Expediente N° 2886/EURSPCABA/2015, a la empresa sumariada las presuntas
infracciones por...
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